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Senado aprueba Ley de Identidad de Género

Con 26 a votos a favor y 14 en contra, la cámara alta aprobó este martes la ley de identidad de género. Instrumento legal que permitirá el cambio de nombre y sexo legal para todas las personas mayores de 14 años.

Tras una extensa sesión, la Cámara Alta aprobó  —después de cinco años de tramitación— la ley de identidad de género que permitirá el cambio registral de nombre y sexo de personas de personas. La discusión entorno a incluir a menores de edad en este instrumento legal fue rechazada — con 22 votos a favor y 18 en contra –, solo personas mayores de 14 años podrán modificar sus documentos legales.

En la sesión los senadores Ximena Rincón, José Miguel Insulza, Juan Ignacio Latorre Guido Girardi, Quinteros Lara, Rabindranath, Adriana Muñoz, Carolina Goic, Ricardo Lagos Weber, Jaime Quintana, Juan  Pablo Letelier, Felipe Kast, Álvaro Elizalde, Ximena Órdenes y  Felipe Harboe, expusieron sus puntos y se manifestaron a favor tanto para mayores, como para menores de 14 años, mientras que Carlos Bianchi tuvo una posición intermedia al apoyar solo la inclusión de mayores de 14 años.

Por otra parte y evidenciando su postura en contra de la ley, los senadores Iván Moreira, José Durana, Jacqueline Ven Rysselberghe, Ena Von Baer, Luz Ebensperger  José García Ruminot, Juan Antonio Coloma, David Sandoval y Francisco Chahuán se pronunciaron para evidenciar su rechazo a la inciativa.

En representación del ejecutivo, asistió el ministro de Justicia, Hernán Larraín, quién mostró su complacencia por la decisión del senado, en particular cuando no aprobó lo relativo a los menores de 14 años. “Aprobada propuesta del Ejecutivo en identidad de género. Permitirá a adultos efectuar el cambio en el Registro Civil y a menores de 18/mayores 14, solicitar la autorización judicial con sus padres. Menores de 14 no podrán hacer el cambio, pero tendrán el acompañamiento necesario”, expresó el secretario de estado través de su cuenta Twitter.

Lo que define la normativa

Una vez promulgada la ley, se definirá legalmente la identidad de género como la convicción personal e interna de ser hombre o mujer. Más allá de lo que se define en términos biológicos, la ley considerará  como las personas se perciben a sí mismas, pudiendo esto corresponder o no con el sexo y nombre asignados al momento de ser inscrito en el Registro Civil.

Por otro lado, se asegurará el derecho a ser reconocido en los instrumentos públicos y privados de identificación en forma congruente con su identidad de género—una vez realizada la rectificación legal—. Esto aplicaría tanto en sus datos como en sus fotos.

La ley también define que las intervenciones quirúrgicas no serán un condicionante para el reconocimiento o ejercicio de los derechos asociados a la identidad de género. De esta forma, se garantizará la libertad de expresar su identidad de género libremente.

Tras se aprobada la iniciativa, el proyecto se enviará a la Cámara de Diputados para ser revisado antes de su promulgación.

 

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