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Empresa de retail es sancionada por modificar reglas de competencia

El fallo en sede civil declaró abusiva una cláusula de contrato de adhesión para compras por internet.

El Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago declaró abusiva la cláusula de contrato de adhesión para compras por internet relativa a la competencia de juzgados de policía local y condenó a Cencosud Retail S.A. a pagar una multa de 45 UTM por infringir la ley de protección de los derechos de los consumidores.

La sentencia estableció que la empresa vulneró las reglas de competencia fijadas en el artículo 50 A de la norma y que la demanda fue acogida debido a que se vio afectado el interés colectivo de los consumidores que acceden a la página web de la demandada, al pretender modificar las reglas de competencia establecidas en la cláusula denominada “Términos y Condiciones”, conducta que calificó de “abusiva y por tanto nula”.

Adicionalmente, el tribunal condenó a la demandada a pagar una multa de 45 UTM, además de efectuar a su costa las publicaciones que dispone el artículo 54 de la Ley 19.496, las que ordenó realizar en el diario La Tercera de Santiago.

La resolución agregó que sólo advirtió la vulneración de la disposición del artículo 50 A —y con ello, el artículo 16, inciso 1º, letra g)—, pero que no se apreciaba la existencia de otras infracciones a la Ley de Protección al Consumidor, “no existiendo, en los restantes casos, un desequilibrio importante en las obligaciones y derechos de las partes, en lo pactado en la estipulación que motiva la presente consideración, dentro del contrato de adhesión sub lite”.

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