Columnas
Especial 8M | Derecho y política ante la igualdad
En el marco de una nueva conmemoración del Día de la Mujer, la abogada María Teresa Infante se hace parte del Especial 8M de EstadoDiario, un espacio en el que abogadas y profesionales relacionadas al mundo legal escriben sobre la participación de mujeres en sus respectivas áreas, y revisando el estado actual de diversos ámbitos del derecho y su práctica.
Por María Teresa Infante*.
Soy hija de y he estudiado a partir de los cambios dramáticos del sistema internacional después de la II Guerra Mundial. Por enseñanza, por cultura en el hogar, por la conversación orientada a promover la formación de juicio propio y la capacidad de actuar como personas independientes, la celebración del día de la mujer me hace recordar los orígenes de una vocación en el ámbito internacional.

Si la participación de las mujeres y la incorporación de la perspectiva femenina en los niveles de toma de decisiones son temas propios del debate del siglo veinte, la pregunta siguiente tiene que ver con los aportes que podría haber realizado el derecho internacional para esos propósitos, y como se proyectan en el presente siglo. Y si los desarrollos en diversos ámbitos han incorporado perspectivas que toman nota de la vida e intereses de las mujeres, junto con profundizar sus derechos.
Por cierto, no es el único espacio en el cual la situación de las personas ha ingresado de pleno en el mundo jurídico, donde se ha adoptado instrumentos aplicables a los niños y las niñas, o sobre los derechos de las personas discapacitadas, o de los trabajadores migrantes, o la protección de las personas mayores. En estas áreas, no solo el derecho internacional público tiene un rol, sino que también el derecho internacional privado y, los instrumentos regionales.
Elijo este marco para situar la preocupación sobre las mujeres en el contexto contemporáneo, porque la conciencia de su impacto en la vida social, económica y política ha sido un gran incentivo para incorporarlas en las agendas concretas de trabajo de la diplomacia, tanto como fuente de negociación de instrumentos jurídicos, como de justificación de acción política.
Amanda Labarca, quien marcó un camino de vanguardia en la sociedad chilena desde sus posiciones académicas e intelectuales, propuso no abogar por un feminismo de superioridad, sino de equivalencia; “no pretendo afirmar que todas las mujeres sean víctimas inocentes, ni que todos los hombres olviden o ignoren sus responsabilidades”. Esta es una visión interesante para conjugar el rol de la mujer en una sociedad plural. En La Mujer Chilena, obra de 1960, otra intelectual y política presentaba el panorama acerca de cuanto había habido de aporte femenino al progreso de Chile entre 1910-1960. Los datos revelaban notables casos, incluyendo la posición de las educadoras y de las líderes públicas. Además, también había habido vacíos y ausencias.
Esas reflexiones – que con muchos años preceden la época actual – fueron claras en abordar también las relaciones, donde el poder no estaba ausente, que obstaculizaban a las mujeres para actuar en muchos niveles de la sociedad, desde el más personal hasta el más público.
En dicho ámbito, las orientaciones de quienes apuntaban hacia el objetivo de la participación igualitaria de mujeres y hombres en la toma de decisiones concebían dicho paso, como un instrumento que debía reflejar con mayor exactitud la composición de la sociedad y promoviese equilibrios que contribuyesen a fortalecer la democracia.
Esta nueva visión, que fue asumida gradualmente en muchas sociedades, planteaba que la mujer, ya involucrada en la prestación servicios de la más diversa índole desde el hogar hasta en las industrias, debía desempeñarse en la esfera política. A su vez, la igualdad en la participación en las decisiones políticas sería el resultado – según ese enfoque – de desempeñar una función promotora de una integración real en la elaboración de las políticas gubernamentales. Ciertamente, algunas ideas que se incluyen dentro de las definiciones de políticas feministas en estos tiempos tienen raíz en dichas premisas.
En 1948, el mundo dio un paso extraordinario: La Declaración Universal de Derechos Humanos proclamó que toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país. En el devenir de los programas de la organización mundial que se crea al término de la Segunda Guerra Mundial, el empoderamiento y la autonomía de las mujeres y la mejora de su condición social, económica y política debían ser esenciales para lograr un gobierno, junto a una administración transparentes y responsables, con vistas a lo que se conocería más tarde como un desarrollo sostenible en todos los ámbitos de la vida. Es parte del lenguaje de las relaciones internacionales hasta nuestros días.
Desde allí, se estima también que las relaciones de poder pueden afectar las posibilidades de que las mujeres lleven una vida plena y hagan contribuciones, desde lo más personal, hasta lo más público. Esas relaciones pueden también ser abordadas, a partir del efecto de la Declaración Universal, que promueve un enfoque de derechos y deberes.
Según los parámetros actuales, el objetivo de una participación igualitaria de mujeres y hombres en la toma de decisiones puede ser concebido como un medio para proporcionar un equilibrio que refleje más exactamente la composición de la sociedad. De qué forma esta participación contribuye a fortalecer la democracia y su correcto funcionamiento, es una pregunta que formulamos. Podemos responder como hipótesis, que la participación igualitaria de las mujeres en la vida política desempeña un papel sustantivo y necesario para que se tengan en cuenta sus intereses y capacidades. ¿Pero es solo eso? Así lo advierten los programas relativos a la mujer en el orden internacional.
Estos son puntos que sirven para situar la preocupación sobre las mujeres en el contexto contemporáneo, y percibo que es a través de la conciencia de su impacto en la vida social y personal, donde se puede explicar mejor por qué interesan a la diplomacia y a las labores internacionales.
No podría dejar de mencionar un aspecto fundamental en esta línea de estudio. Siguiendo la inspiración de Amanda Labarca, visionaria al enfatizar la condición de las mujeres y la educación como la esencia de nuestra sociedad, nos preguntamos sobre el posicionamiento de las mujeres en el espacio público. Aquí surge otra pregunta cuál es, si la participación de las mujeres y la incorporación de la perspectiva femenina en todos los niveles de la toma de decisiones son efectivamente aceptados como un aporte a objetivos como la igualdad, el desarrollo o la paz.
En el contexto internacional, el desafío no es menor. Si la propuesta de pensar la política exterior en clave feminista e inclusiva se sitúa en un plano diferente del de la mujer que posee un entorno de limitaciones que la impactan, debido – entre otros – a la necesidad de compatibilizar el cuidado de los hijos y de las personas mayores con sus actividades laborales, las necesidades que surgen de la realidad son inmensas.
Es además, una situación que evoluciona constantemente. Abordar el horizonte comprensivo y por qué no decirlo, pleno de diferentes casos, es algo mayor que la incorporación de la perspectiva de género en temas de seguridad internacional, o en la política comercial, dimensiones asumidas desde hace algunos años.
Las palabras del canciller de Chile en 2024 al presentar el plan de acción de la Política Exterior Feminista de nuestro país aludieron a la convicción de “alcanzar un mundo más igualitario”. Agregaron que se trataba de “un paradigma en construcción, que necesariamente se irá actualizando, profundizando y robusteciendo junto con los avances de la misma sociedad y los desafíos del futuro”. Los ejes centrales de esta política, desde el punto de vista analítico, se pueden definir en la lucha contra la discriminación y las barreras – algunas estructurales – que pueden afectar a niñas y mujeres.
Al efecto, la erradicación y eliminación de la violencia de género, la agenda de mujeres, paz y seguridad, comercio y género y agenda digital, ciencia, tecnología e innovación, están impactando una dimensión del desarrollo social y jurídico. De este modo, una política de cooperación internacional con acentos feministas puede integrarse en planes de cooperación para el desarrollo que participan a su vez, en el diseño e implementación de las políticas exteriores. Se ha propuesto este esquema – por ejemplo – entre Chile, Colombia, México y Alemania.
Sin duda, la participación de las mujeres en la adopción de decisiones y en temas de relevancia estratégica es la prueba más seria para evaluar el logro de esos objetivos. Unas de las áreas donde también es refleja esta pregunta es la de los tribunales internacionales.
Si observamos cómo se proyecta esta política en los países que iniciaron el camino, se advierte que los enfoques han combinado temas atinentes al aseguramiento de derechos humanos (lo cual incluye las políticas de violencia contra la mujer), y la incorporación del género en todas las políticas. Países que impulsaron las primeras políticas exteriores feministas, como Suecia, Canadá y Francia, incorporaron esta dimensión en sus acciones en favor del desarrollo en áreas de especial impacto sobre las mujeres, relacionadas con espacios externos. Una decisión importante fue aquella adoptada en 2020 en el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación (CTCI), al crear un Consejo y proyectar una Política y un Plan de Acción de Igualdad de Género en el sistema científico.
La diplomacia ha sido uno de los instrumentos para proyectar estas dimensiones.
En nuestra época, pocos acontecimientos han influido más en la concepción de compromisos posibles, consistentes y efectivos respecto de la mujer, que la Conferencia Mundial sobre la Mujer de 1995. La Plataforma de Acción de Beijing en 1995, fue un hito en la escena internacional y sus resultados han constituido un antecedente del ODS 5 de la Agenda para el Desarrollo Sostenible (que mira el horizonte de 2030).
A treinta años de esa Cumbre, el sistema mundial se ha complejizado, al tiempo que han nacido programas mundiales y agendas regionales. En nuestro continente, la Comisión Interamericana de Mujeres de larga data, celebrará una nueva sesión de la Conferencia Regional en México para abordar una agenda ambiciosa bajo el lema: “Las transformaciones en los ámbitos político, económico, social, cultural y ambiental para impulsar la sociedad del cuidado y la igualdad de género”. Destaco los dos temas que parecen calificar el propósito de este esfuerzo: el cuidado y la igualdad de género. La propia Comisión ha planteado hace poco tiempo la redefinición del liderazgo político de la mujer.
En el plano de las estrategias, se ha trabajado una agenda regional de género en el marco del desarrollo sostenible, lo cual – como lo indica la Estrategia de Montevideo mira al horizonte al 2030, y se propone – nada menos – superar los nudos estructurales que obstaculizan este proceso. De los capítulos que comprende esta estrategia, destaco el relativo al marco normativo con los elementos de igualdad y estado de derecho. Este resalta la eliminación de “todas las barreras legales e institucionales para el acceso efectivo e igualitario de las mujeres a la justicia, sin discriminación, garantizando la participación, la transparencia, la independencia y la atención oportuna y de calidad, con personal especializado y reparación integral del daño en caso de violación de sus derechos a efectos de poner fin a la impunidad.”
En la misma línea, a nivel mundial y regional se otorga primera importancia al tema de la violencia contra la mujer, que puede complejizarse bajo el concepto de violencia de género.
Desde el punto de vista normativo, y considerando el aporte de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, 1979), junto a su protocolo facultativo, es una piedra angular de los temas del día. Por cierto, es la base del programa ONU Mujeres.
Por otra parte, existe una segunda línea de instrumentos fundamentales como los refleja la resolución 1325 del Consejo de Seguridad de la ONU sobre la mujer, la paz y la seguridad (2000), reiterada por una serie de otras resoluciones. Este instrumento ahonda en una dimensión distinta a la inclusión de la mujer en las políticas de desarrollo.
A su vez, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belém do Pará, 1994), ha definido qué constituye violencia contra la mujer y establece el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia. Esta puede constituir una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Así lo ha destacado la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
A su vez, en 2011, los Estados miembros del Consejo de Europa adoptaron otro Convenio sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica. Definiciones importantes se han adoptado también en el ámbito del derecho penal internacional y del derecho internacional humanitario.
No es arriesgado sostener, por tanto, que se trata de perspectivas que abren muchas líneas de análisis. Entre otras, la de identificar donde la mujer ha estado presente en la diplomacia, nacional o en el exterior. Y, además, de indagar si la mujer ha sido relevante en el establecimiento de una agenda o en la generación de un acuerdo, vinculante o no vinculante.
Figuras como la de Bertha von Suttner, simbolizan la capacidad de muchas mujeres dedicadas al servicio civil, a la actividad empresarial, a la academia, la ciencia y las relaciones internacionales, donde Chile continúa aportando destacados nombres.
*María Teresa Infante. Es la primera jueza chilena en ser parte del Tribunal Internacional del Derecho del Mar. Exembajadora de Chile ante los Países Bajos.