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Día Nacional de los Juzgados de Policía Local: La puerta de entrada a la justicia individual para los consumidores

Desde octubre del año 2017 -en virtud de la publicación de la Ley N° 21.038- hoy, y cada 8 de agosto, se conmemora el Día Nacional de los Juzgados de Policía Local. La conmemoración de esta fecha se remonta sesenta años atrás, al año 1963, en que se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 15.231 que regula los aspectos orgánicos y atribuciones de los juzgados de policía local, normativa vigente hasta nuestros días.

Por José Roa * y Eduardo Reveco **

Desde octubre del año 2017 -en virtud de la publicación de la Ley N° 21.038- hoy, y cada 8 de agosto, se conmemora el Día Nacional de los Juzgados de Policía Local. La conmemoración de esta fecha se remonta sesenta años atrás, al año 1963, en que se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 15.231 que regula los aspectos orgánicos y atribuciones de los juzgados de policía local, normativa vigente hasta nuestros días.

José Roa

Los juzgados de policía local son herederos de la jurisdicción que ejercieron los Cabildos durante la Colonia, luego los juzgados de paz, pasando por los alcaldes y regidores. La historia nos permite constatar que sus atribuciones siempre se han centrado en el ámbito contravencional con el fin de sancionar las infracciones a las ordenanzas y reglamentos municipales.

Asimismo, desde sus orígenes los Juzgados de Policía Local han estado dotados de las competencias necesarias para solucionar conflictos relacionados con la vida en comunidad o relaciones de vecindad. Fruto de su despliegue territorial y con el fin de garantizar el acceso a la justicia a la ciudadanía, la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores del año 1997 radicó el conocimiento de las acciones individuales que pueden ejercer los consumidores en la justicia de policía local, incluso habilitando a los consumidores a comparecer personalmente ante estos tribunales, sin el patrocinio de un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión.

La realidad práctica, sin embargo, nos demuestra que existen espacios para mejorar el acceso a la justicia local para los consumidores dada la asimetría de recursos con que cuenta cada tribunal, dadas las capacidades económicas, humanas y materiales de cada municipalidad.

Eduardo Reveco

Asimismo, existen oportunidades para la profundización de los mecanismos autocompositivos o alternativos de solución de conflictos, en la línea de dar una respuesta expedita y eficaz y la materialización efectiva del derecho de acceso a la justicia.

En la misma línea anterior, existen oportunidades para su modernización, por ejemplo, incorporándolos a la Oficina Judicial Virtual; o apoyando con medios tecnológicos y digitales necesarios para la implementación de la Ley N° 21.241 de junio de 2020 que incorporó la posibilidad de practicar notificaciones por medios electrónicos.

Esto permitiría fortalecer la justicia local, cercana a la ciudadanía, con distribución geográfica a lo largo de todo el país, con menores costos y con un proceso más ágil, desformalizado y expedito para dar respuesta a diversos problemas como los de protección a los consumidores.

La conmemoración de este día nos permite ilustrar la importancia que revisten los juzgados de policía en nuestro sistema de justicia local, en general, y respecto de la protección al consumidor, en particular. Tal como señala el programa de gobierno del Presidente Gabriel Boric, es necesario promover e implementar la creación de unidades de mediación comunitaria a nivel nacional, que despliegue capacidades a escala regional y local para apoyar a la ciudadanía en la prevención y gestión de sus conflictos vecinales, comunitarios y socioambientales.

Una tutela judicial efectiva en la justica comunal que promueva la unidad jurisdiccional; la promoción de la digitalización y modernización con el fin de implementar una infraestructura que garantice el acceso a la justicia; y la profundización de métodos alternativos para la prevención y solución oportuna y certera de conflictos, evitando así la innecesaria judicialización y congestión del sistema judicial, son medidas necesarias para la construcción de un Chile más justo y solidario.

José Roa Ramírez es abogado, Universidad de Chile. Ex Director del Servicio Nacional del Consumidor. Actualmente es Profesor de Derecho del Consumidor, Universidad de Chile y Director ejecutivo de la Fundación Chile 21.

** Eduardo Reveco Soto es abogado, Universidad de Chile. Ayudante de Derecho Civil y Derecho del Consumidor por la misma casa de estudios. Actualmente es asociado del área de Derecho del Consumo y Publicidad de Carey.

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