Columnas

El dato más sensible de tu empresa está en Recursos Humanos

Por Verenisse Jähn Gutiérrez*

El 1 de diciembre de 2026 es, hasta hoy, la fecha en que entra en vigencia la Ley 21.719 sobre protección de datos personales. Muchos creen que su importancia se centra en el retail, los bancos y las plataformas digitales, pero hay un área que nadie ve, donde se almacenan datos sensibles y de la que nadie habla: “la carpeta del trabajador”.

Verenisse Jähn Gutiérrez

¿Qué contienen estas carpetas? Licencias médicas con diagnósticos, la huella digital para marcar asistencia, las grabaciones de las cámaras, incluso la afiliación sindical. Entonces hay que preguntarse: ¿será necesario contar con el consentimiento expreso del titular? ¿Puedo tratar estos datos? ¿De qué manera? ¿Dónde está el límite?

Por su parte, el Congreso discute postergar la entrada en vigencia. El Senado ya aprobó el proyecto y hoy se discute en la Cámara, con el objetivo principal de aplazarla hasta octubre de 2027. Pero lo que todavía no se tiene presente es que la postergación no cambia ninguna obligación de fondo: simplemente modifica el plazo. ¿Están preparadas las empresas para esto?

Hay que recordar que la Constitución protege los datos personales desde 2018 en su artículo 19 número 4, y que el Código del Trabajo obliga al empleador a mantener reserva de los datos privados del trabajador en su artículo 154 bis. Por ende, quienes litigamos tutelas laborales vemos con frecuencia que el mal manejo de información personal termina como indicio de vulneración de derechos fundamentales: “un correo reenviado a quien no corresponde”, “una cámara apuntando donde no debe”.

Lo que trae la Ley 21.719 es un cambio de lógica para todos, porque no basta con “no causar daño”: la empresa es quien debe probar que cumple. Esto significa que tiene que saber cuáles son los datos que trata y para qué, informar de esto a sus trabajadores y contar con un canal para que ejerzan sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y bloqueo. Además, debe responder dentro de plazo, adoptar medidas de seguridad y notificar las vulneraciones a la nueva Agencia de Protección de Datos Personales. ¿Y a qué se arriesgan? A multas de hasta 20.000 UTM en las infracciones gravísimas y a un registro público de sancionados.

¿Están preparadas las empresas y pymes para enfrentar este desafío? Por las grandes empresas no me preocupo, pero sí por las pymes, que concentran la mayor parte del empleo del país y son las que pueden llegar tarde a la aplicación de esta nueva normativa. Hoy, una empresa que cuida los datos de su personal cuida también su clima laboral, su reputación y su defensa en un eventual juicio.

La pregunta, entonces, debería ser: cuando la ley entre en vigencia, ¿sabrá su empresa responder qué datos tiene de sus trabajadores, para qué los usa y quién puede verlos?


*Por Verenisse Jähn Gutiérrez, abogada especialista en derecho laboral y derechos fundamentales.

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