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Análisis de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática 20/2022: Adquisición de la nacionalidad española

La nueva Ley de Memoria Democrática ofrece a los descendientes de españoles la posibilidad de obtener la nacionalidad española, ampliando el reconocimiento y los derechos de aquellos con vínculos ancestrales con España. Este análisis se enfoca en los supuestos más comunes de la ley y brinda recomendaciones clave para los interesados.

Por: María Esperanza Schorr Donoso*

La promulgación de la Ley de Memoria Democrática marca un importante avance en el reconocimiento y la inclusión de los descendientes de españoles en el ámbito de la adquisición de la nacionalidad española, entregando nuevas oportunidades para aquellos que quieran restablecer su conexión ancestral con España.

En esta oportunidad, nos centraremos en dos de los escenarios más recurrentes contemplados en la referida Ley, hipótesis que permiten a miles de chilenos contar con la posibilidad de adquirir la nacionalidad española, y en un par de recomendaciones que considero relevante tener en consideración durante el proceso.

Supuestos más recurrentes de la Ley.

– Disposición adicional octava, numeral 1, primera parte: Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubiesen sido españoles.

Para aquellas personas que nacieron fuera de España pero cuentan con ascendencia española, este supuesto es crucial, ya que si alguno de sus padres o abuelos es originariamente español, se tiene la posibilidad de obtener la nacionalidad española. La Ley de Memoria Democrática reconoce y respalda el derecho a la nacionalidad de aquellos cuyos antepasados mantuvieron vínculos con España, incluso si emigraron o tuvieron descendencia en el extranjero.

– Disposición adicional octava, numeral 1, literal b): Los hijos mayores de edad de españoles que recuperaron su nacionalidad según la Ley de Memoria Democrática o la Ley de Memoria Histórica.

Este escenario cobra especial importancia cuando se tiene un familiar que ha recuperado su nacionalidad española conforme a lo dispuesto en la Ley de Memoria Democrática o en la Ley de Memoria Histórica. Al ser hijo o hija mayor de edad de chilenos nacionalizados españoles, se tiene la oportunidad de obtener la nacionalidad española como parte del proceso de recuperación de la nacionalidad por parte de sus padres.

Recomendaciones.

Como abogada experta en leyes de inmigración españolas, soy consciente que la libertad no es solo un sueño, sino una realidad alcanzable. Con miras a animar a que las personas que entren en los supuestos antes descritos den inicio a este trámite, y con ello puedan aprovechar todos los beneficios que significa formar parte de la Comunidad Europea, a continuación les dejo algunas recomendaciones generales que es necesario considerar durante el proceso de nacionalización.

  • Ten en cuenta que solamente se necesita una cédula de identidad vigente para este trámite; no es necesario obtener un pasaporte adicional.
  • Considera que la presencia física es obligatoria para este trámite. Todos los solicitantes deben asistir personalmente al Consulado General de España ubicado en Santiago de Chile.
  • Inicia el proceso de obtención de usuario y cita simultáneamente con la recopilación de documentos. Este proceso puede demorar aproximadamente tres meses. Al momento de mandar el e-mail en el que solicitas la cita, asegúrate de adjuntar una copia simple de tu documento de identidad y tu certificado literal de nacimiento debidamente apostillado.
  • Ten en consideración que los expedientes son individuales, por lo que si tienes familiares que también quieren solicitar la nacionalidad, cada uno debe presentar su propia solicitud.
  • Organiza tus documentos en dos carpetas separadas: Una con los originales y otra con las copias.
  • Asegúrate de tener todos los documentos necesarios actualizados y en el orden exigido antes de acudir a tu cita.
  • Si presentas tu solicitud en un Consulado distinto al de tu lugar de nacimiento, la documentación será remitida al Consulado correspondiente. Por lo tanto, debes preparar tres carpetas: Una para ti, una para el Consulado donde presentas la solicitud y otra para el Consulado del lugar de nacimiento.
  • Ten en consideración que esta Ley estará vigente hasta octubre de 2025, y que el proceso de recopilación de antecedentes y de solicitud de cita toman tiempo. No dejes para última hora el inicio del trámite.

Esta Ley representa un importante avance en el reconocimiento de la identidad y los derechos de los descendientes de españoles en el extranjero, ofreciendo una oportunidad única para aquellos que mantienen un vínculo histórico y cultural con España de obtener formalmente la nacionalidad y afirmar su conexión con dicho país.

Si necesitas más información o asesoramiento, no dudes en contactar a Nomad Capital Invest, empresa dedicada a la simplificación de procesos migratorios a España. Estamos aquí para ser tu aliado estratégico en este emocionante proceso hacia la obtención de la nacionalidad española.

*María Esperanza Schorr Donoso. Abogada UC, LLM, MBA y Coach. Socia cofundadora de LexCoaching y Nomad Capital Invest.

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