Columnas
Hacia una Digitalización de las Notificaciones Judiciales
La creciente utilización transversal de la firma digital, que otorga la clave única del registro civil, ha permitido durante la época extraordinaria que vivimos podamos realizar distintos tipos de gestiones y trámites cotidianos. Entre ellos, uno de las más relevantes, se han producido en el ámbito judicial.
Por: Ariel Wolfenson Rivas*
La creciente utilización transversal de la firma digital, que otorga la clave única del registro civil, ha permitido durante la época extraordinaria que vivimos podamos realizar distintos tipos de gestiones y trámites cotidianos. Entre ellos, uno de las más relevantes, se han producido en el ámbito judicial.
La autorización de poderes, patrocinios a abogados e ingreso de escritos en general que, por gran cantidad de meses, se realizó con la mera utilización de esta clave virtual sin necesidad de ningún otro trámite posterior, demostró lo útil, conveniente y poderosa que es esta herramienta y despertó -a mi juicio- el potencial insondable de su utilización futura.
Por otra parte, la digitalización de las empresas, la constante migración y la proliferación de domicilios virtuales de compañías en Chile, ha generado, muchas veces, grandes dificultades para proceder a la notificación de demandas y resoluciones, entre los casos más comunes, se destacan aquellos relativos al derecho del consumidor en los procedimientos sostenidos en juzgados de policía local y otras materias generales en tribunales ordinarios civiles. Lo que repercute en dilaciones procesales cada vez más grandes y, por tanto, juicios más largos y onerosos tanto para los abogados como para los clientes.
Asimismo, la existencia de dificultades cada vez más grandes para los abogados en Chile a la hora de buscar y encontrar receptores para notificar acciones judiciales, escasez que incluso muchas veces trae como consecuencia no poder rendir relevantes testimoniales a causa de no haber disponibilidad de receptores para el día de la audiencia fijada (no existiendo fundamentos que justifiquen mantener esta exigencia y por ende la imposibilidad de que los abogados realicen dicha interrogación directamente, considerando que lo realizan sin problemas en materias distintas a la propiamente civil, como familia, laboral, penal, policía local, entre otras). Esto perjudica en definitiva la esencia misma de la justicia, no solo al derecho de ser juzgado en un tiempo razonable, sino que a elementos tan imprescindibles como la posibilidad efectiva de rendir prueba en juicio.
Es en ese escenario surgen nuevas ideas para salvar dichas problemáticas relativas a la escasez de receptores, trámites cuya participación es innecesaria, cada vez más altos aranceles, proliferación de domicilios virtuales, entre otros. La más relevante de ellas y que el suscrito propugna, es la de generar un nuevo régimen y sistema de notificaciones que permitan, en caso de iniciar una causa judicial, proceder a notificar electrónicamente a las empresas directamente y mediante la clave única del representante legal de cada compañía.
Generando una bandeja de entrada y portal digital donde se consagre cada notificación de la cual hayan sido objeto. Estableciendo una nueva obligación para los representantes legales de cada empresa que, al igual como deben pagar impuestos una vez cada mes o encargarse de las cotizaciones de los trabajadores, ahora deberán verificar si hay o no notificaciones judiciales electrónicas respecto de alguna de las compañías que representan, y así evitaremos la notificación costosa, dilatoria y muchas veces negativa que dificulta la justicia y perjudica la percepción ciudadana sobre la misma.
Así las cosas, mediante esta implementación de notificación judicial electrónica tengo la certeza de que existirá un ahorro significativo en los costos judiciales y extrajudiciales de cualquier proceso que, si bien en una primera etapa pueda realizarse únicamente respecto de las empresas, podría al mediano plazo extenderse e implementarse también para la notificación de personas naturales.
Ariel Wolfenson Rivas* Abogado. Socio Director de Wolfenson Abogados.