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¿Podría la participación ciudadana haber evitado el desastre de Quintero?

"De acuerdo a una carta de las organizaciones sociales, en los 8 meses que van del 2018, se han registrado 25 varamientos de carbón, 26 peak de SO2, 2 derrames de petróleo y la intoxicación del día 23 de agosto..."

La participación tiene múltiples objetivos y resguarda una serie de valores. ¿Podría haber evitado el desastre de Quintero?

Entre los valores de la participación ciudadana está mejorar las decisiones https://estadodiario.com/wp-content/uploads/2018/02/im4-1.jpgistrativas. El territorio es desconocido para la Administración y, por lo tanto, los impactos que impondrá un proyecto también. El reconocimiento normativo de la participación en materia ambiental incorpora esa idea, así como la interdependencia entre la participación y la satisfacción del derecho a vivir en un medio ambiente sano (o libre de contaminación). Esto último fue tratado por la Corte IDH
en una reciente opinión Consultiva (OC 23/17).

La comunidad que habita la Bahía de Quintero tuvo la oportunidad de participar en la evaluación de algunos de los proyectos de esta zona de sacrificio. Pudo participar en la
evaluación de Estudios, y quizás en algunas Declaraciones. Sin embargo, la calidad de esos procesos es discutible, sobre todo a instancias de la poca incidencia de las observaciones ciudadanas en el resultado de la evaluación. Peor aún, la mayoría de las industrias son previas a la reforma del año 2010 y no se evaluaron teniendo en cuenta los efectos sinérgicos y acumulativos. Inexplicablemente, habiendo mecanismos legales para ello, no se han actualizado tampoco esas evaluaciones para incorporarlos.

participación ciudadana

En seguida, la comunidad tuvo la oportunidad de participar en el Plan de Prevención y Descontaminación de Con Con, Quintero y Puchuncaví. Ese plan tuvo 114 observaciones ciudadanas cuestionando metodología, falta de incorporación de variables y preguntando sobre algunos efectos no se consideraron. En el expediente electrónico no consta respuesta a esas observaciones. En cuanto al plan, este fue representado por la Contraloría al encontrar una incongruencia entre en el inventario de emisiones.

La comunidad también ha participado de la fiscalización de los proyectos y ha realizado múltiples denuncias. De acuerdo a una carta de las organizaciones sociales, en los 8 meses que van del 2018, se han registrado 25 varamientos de carbón, 26 peak de SO2, 2 derrames de petróleo y la intoxicación del día 23 de agosto. Esa intoxicación es la octava desde 2011 a la fecha. En todas estas ocasiones, ha sido la comunidad a través de su organización la que ha reaccionado alertando a las autoridades, buscando sanción de los responsables e intentando recuperar su calidad de vida.

La máxima expresión de lo anterior es la demanda de daño ambiental interpuesta ante el Segundo Tribunal Ambiental (D-30-2016) en contra de 11 empresas que funcionan en la
Bahía y contra el MMA. La acumulación de contaminación y de injusticia ambiental los puso en la necesidad de llevar a cabo este complejo procedimiento. Ha habido además múltiples recursos de protección durante los años, buscando diferentes medidas que impidan la vulneración constante de los derechos, los que por distintas razones no han tenido los resultados necesarios.

Por último, el MMA probó una experiencia de Programa de Recuperación Ambiental y Social (PRAS) en la zona. Este instrumento, no contemplado por la normativa ambiental, tiene por objeto hacer frente a los diversos efectos presentes en las zonas de sacrificio. El Programa tuvo un Consejo asociado y un procedimiento de participación en que 102 personas hicieron 452 observaciones. Lamentablemente el sistema online de seguimiento de la implementación del PRAS no está funcionando (revisado el 25 de agosto).

Como vemos, la comunidad ha agotado las gestiones y buscado en todas las instancias incorporar sus preocupaciones para asegurar la protección ambiental de su territorio y el respeto por sus derechos fundamentales, pero no ha sido escuchada.

Entre varias causas, esto se debe a que los procesos de participación no son efectivos ni cumplen con estándares mínimos. El Consejo Nacional de Participación Ciudadana y
Fortalecimiento de la Sociedad Civil reconoció este problema y recomendó modificar la ley 20.500, incorporando principios y estándares de participación, así como creando un
organismo revisor. Los estándares, de ser respetados por el Estado, probablemente harían que los procesos de participación tuvieran un resultado más adecuado. En ese
escenario, la participación ciudadana efectivamente podría haber mejorado la condición de la zona.

Esta es una de tantas aristas de una historia de injusticia ambiental. Parte de la responsabilidad está en mantener un entramado normativo que no permite la efectiva
incidencia de la comunidad en las decisiones que los afectan ni mira las cargas que sobre ellos se ponen. No hay contexto, derecho adquirido, libertad económica, certeza jurídica, confianza legítima, ni desarrollo económico que justifique este nivel de injusticia.

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Ezio Costa

Abogado, Universidad de Chile. Magíster (Msc) en Regulación, London School of Economics (LSE). Cursa el doctorado en Derecho, Universidad de Chile. Director Ejecutivo en ONG FIMA e Investigador del RegCom y el MIPP de la Universidad de Chile.

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