Columnas

Primeras decisiones sobre la Norma Antielusión: ¿hacia dónde vamos?

Por Daniela Valdés – directora del área de Controversias Tributarias de Bruzzone & González*

El reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción, que confirma la primera sentencia sobre la aplicación judicial de la Norma General Antielusión (NGA), constituye un hito en la interpretación de esta normativa.

Daniela Valdés – directora del área de Controversias Tributarias de Bruzzone & González

En la decisión se acoge la tesis del Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre recalificar una operación bajo esta norma, al estimar que se configuró un abuso de las formas jurídicas con la finalidad de reducir indebidamente la carga tributaria. Sin embargo, ni esta resolución ni la de primera instancia detallan con precisión los medios de prueba que sustentan tal conclusión. La falta de claridad sobre los estándares probatorios exigidos genera dudas respecto de la aplicación estricta de la ley y del resguardo de garantías esenciales para los contribuyentes.

Vale recordar que el artículo 4° bis del Código Tributario establece expresamente que la carga de la prueba recae en el SII, y que la propia Circular N° 65 de 2015 precisa que debe acreditarse el abuso o simulación con “pruebas reales del hecho y no meros indicios”. En este contexto, la ausencia de un análisis explícito sobre la prueba determinante debilita la solidez jurídica del caso y puede abrir espacios de incertidumbre en la aplicación futura de la norma.

Por otra parte, el segundo fallo de primera instancia en esta materia, dictado por el Tribunal Tributario y Aduanero (TTA) de Temuco, deja en evidencia otro ángulo preocupante: la forma en que el SII ejerce la facultad de solicitar la aplicación de la NGA. En ese caso, pareciera ser que no se verificaron controles estrictos al momento de presentar la solicitud, lo que pone en cuestión la rigurosidad con la que se están llevando estos procesos y la solidez de los fundamentos que los sustentan.

Así, mientras en un caso la atención recae en los estándares de prueba exigidos en sede judicial, en el otro preocupa la aplicación correcta de filtros institucionales previos a la litigación.
Ambos fallos, pioneros en la materia, entregan señales relevantes para comprender cómo se está aplicando la NGA y al mismo tiempo plantean interrogantes para la aplicación futura de la norma:

¿Se consolidará un estándar probatorio estricto y transparente? ¿Habrá controles efectivos en la propia actuación del SII antes de recurrir a la norma? ¿Podrán los contribuyentes anticipar con certeza los criterios que aplicarán los tribunales?

Preguntas que quedan, por ahora, abiertas a la reflexión.

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