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Transparencia de las sanciones en sumarios sanitarios por COVID-19

"Como da cuenta la muy reciente decisión del Consejo para la Transparencia sobre el Reclamo Rol C2140-21, la autoridad sanitaria  regional no ha publicado sus resoluciones sobre los sumarios sanitarios que ha cursado durante el  año 2020 y 2021 a propósito de la infracción de normativa sanitaria del Covid-19. Es más, habiendo  sido notificada del reclamo y solicitándosele sus descargos, la SEREMI de Salud RM omitió explicación alguna respecto de su incumplimiento". 

Por Pablo Nogueira Muñoz *

Con fundamento exclusivo en enfrentar la pandemia del Covid-19, desde principios del año pasado  el Gobierno ha dictado diversas medidas sanitarias, muchas de ellas de gran impacto en la vida de  las personas naturales como también de las personas jurídicas en el desarrollo de sus actividades  económicas.  

Entre las más conocidas y que han ocupado casi un lugar preferente y permanente en el debate  público se encuentran la declaración de comunas en cuarentena, además de la determinación de  las actividades económicas y servicios calificados como “esenciales” por los sucesivos instructivos  elaborados en contexto sanitario actual. Dichas medidas sanitarias, como ya parece de perogrullo  decirlo, no han estado exentas de críticas ya sea por la forma en que se han adoptado, su  oportunidad o su eficacia, entre otras razones.  

Pablo Nogueira Muñoz

Sin embargo, ante una nueva declaración y comienzo de cuarentena de toda la Región  Metropolitana, parece ser que no sólo la gestión propiamente tal de la emergencia sanitaria, sino  también la fiscalización de las referidas medidas, pero especialmente la consecuente sanción de su  infracción, es lo que sus ciudadanos demandan encarecidamente conocer de la autoridad sanitaria  regional. Al final de cuentas, la sanción es lo que efectivamente disuade tanto a las personas  naturales como a las personas jurídicas de infringir las respectivas medidas sanitarias y, en  consecuencia, de contribuir a su eficacia.  

La SEREMI de Salud RM desde el comienzo del año pasado ha informado a través de los medios de comunicación que se han cursado innumerables sumarios sanitarios, y que han aplicado todo el  rigor de la ley, multando a los infractores. ¿Cómo saber si efectivamente ha ocurrido lo declarado  por la autoridad sanitaria regional? ¿Cómo podemos los ciudadanos fiscalizar a su vez a esa entidad  fiscalizadora en el cumplimiento de sus labores, particularmente en la sustanciación de los sumarios  sanitarios por infracción a la normativa relativa a la pandemia del Covid-19? 

En este sentido, resulta igualmente importante conocer cuáles han sido los criterios adoptados por  la SEREMI de Salud RM en la aplicación de las multas, ya sea para determinar su procedencia así  como su gradación, pero por sobre todo, verificar la coherencia en su lógica jurídica sancionadora.  En efecto, resulta fundamental acercarnos a la seguridad jurídica imprescindible en un marco  normativo sanitario como el actual que da cabida a la discrecionalidad en su interpretación, así como  también analizar si la SEREMI de Salud RM ha aplicado multas respetando el principio constitucional  de igualdad ante la ley o, por el contrario, ha establecido discriminaciones arbitrarias en sus  resoluciones.  

Lo anterior, además, resulta absolutamente necesario para que tanto personas naturales como  jurídicas puedan ejercer un efectivo derecho a defensa en los procedimientos https://estadodiario.com/wp-content/uploads/2018/02/im4-1.jpgistrativos  sancionatorios. Tomar conocimiento de situaciones similares ya resueltas por la autoridad sanitaria  regional evidentemente puede ser utilizado por los sumariados para fundamentar debidamente sus  descargos o eventuales recursos de reposición, ya sea considerando estándares de razonabilidad y  proporcionalidad, entre otros, que todo acto https://estadodiario.com/wp-content/uploads/2018/02/im4-1.jpgistrativo debe respetar.  

Pues bien, una herramienta útil en este sentido es el cumplimiento de la normativa relativa a la  Transparencia Activa por parte de los órganos del Estado, contenida en la Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública. En virtud de dicha regulación, la autoridad sanitaria regional se  encuentra obligada a disponer permanentemente en su sitio web de todas los actos y efectos que  hubieren recaído sobre terceros, entre los cuales claramente se encuentran las resoluciones que se han pronunciado sobre los sumarios sanitarios incoados por infracción a la normativa de la  pandemia del Covid-19, tanto respecto de ciudadanos de a pie como de empresas.  

Sin embargo, luego de más de un año y un poco más de la implementación de medidas para  enfrentar la actual emergencia sanitaria, incomprensiblemente la SEREMI de Salud RM no ha  cumplido con ese mínimo deber de transparencia. En efecto, como da cuenta la muy reciente decisión del Consejo para la Transparencia sobre el Reclamo Rol C2140-21, la autoridad sanitaria  regional no ha publicado sus resoluciones sobre los sumarios sanitarios que ha cursado durante el  año 2020 y 2021 a propósito de la infracción de normativa sanitaria del Covid-19. Es más, habiendo  sido notificada del reclamo y solicitándosele sus descargos, la SEREMI de Salud RM omitió explicación alguna respecto de su incumplimiento. 

Sin desconocer que la autoridad sanitaria regional seguramente debe estar recargada de trabajo  producto, precisamente, de la fiscalización del cumplimiento de las medidas sanitarias, así como  también de la tramitación de sumarios sanitarios por su infracción, ello no parece ser justificación  suficiente para incumplir sus obligaciones de Transparencia Activa, especialmente aquellas que  dicen relación con la resolución de este tipo de sumarios sanitarios, lo que ciertamente daña la fe  pública.  

En un marco político como el actual, donde la desconfianza en las instituciones abunda entre los  ciudadanos, una actitud como la adoptada por la autoridad sanitaria regional no hace más que  aumentar las suspicacias acerca de sus pronunciamientos sancionatorios. El recrudecimiento de la  pandemia del Covid-19 que hoy vivimos en el país y especialmente en la Región Metropolitana, que  ha conllevado la imposición de nuevas medidas restrictivas de libertad, no hace sino reforzar la  exigencia de transparencia en el actuar de la autoridad sanitaria regional para lograr un efectivo  control social a su respecto 

Cabe recordar que las resoluciones de dichos sumarios sanitarios constituyen actos https://estadodiario.com/wp-content/uploads/2018/02/im4-1.jpgistrativos  de suyo públicos, y que por cierto obran en su poder, cuya publicidad en un escenario como el actual  no puede quedar supeditada a la discrecionalidad de la autoridad sanitaria regional, ni tampoco  resulta procedente ni razonable responsabilizar a los ciudadanos de su conocimiento a través de  solicitudes de acceso a la información pública. Por lo demás, el derecho fundamental de acceso a la  información pública se mantiene en el actual estado de excepción constitucional, adquiriendo  especial relevancia respecto de aquellos temas relativos a la pandemia del Covid-19. 

La falta de disponibilidad permanente y, por tanto, inoportuna de dichos actos https://estadodiario.com/wp-content/uploads/2018/02/im4-1.jpgistrativos ya  ha perjudicado sustancialmente el canal de relacionamiento de la SEREMI de Salud RM con la  ciudadanía, diezmando la capacidad fiscalizadora de la población sobre ella, además del efectivo  ejercicio del derecho a defensa tanto de personas naturales como jurídicas en la sustanciación de  sumarios sanitarios incoados por la infracción de la normativa sanitaria del Covid-19.  

Es de esperar que, cumpliendo con lo ordenado por el Consejo para la Transparencia en el Reclamo  Rol C2140-21, la SEREMI de Salud RM publique prontamente los referidos actos https://estadodiario.com/wp-content/uploads/2018/02/im4-1.jpgistrativos en  su sitio web, demostrando con ello su compromiso con la transparencia, y no intente justificar lo  injustificable impugnando judicialmente dicha decisión.

Pablo Nogueira Muñoz es Magíster en Derecho Público e Internacional en la Universidad de Melbourne, Magíster en Derechos Fundamentales por la Universidad Carlos III de Madrid y Magíster en Derecho LLM Mención Derecho Regulatorio por la Universidad Católica de Chile. Asociado Senior en el Área de Derecho Público y Mercados Regulados en Bofill Mir Álvarez Jana Abogados.

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