Columnas
Compliance: Lecciones del caso Izurieta
"Hemos avanzado en el reconocimiento y consagración normativa de los programas de cumplimiento por parte de las empresas, sin embargo en el sector público falta camino por recorrer. La creación del cargo de Oficial de Cumplimiento en el Banco Central es una señal de avance y esperamos se constituya en un ejemplo a seguir por otras instituciones. ¿Y qué tal si luego avanzamos hacia la certificación de sistemas de gestión de riesgos en el sector público?"
Por Lina Díaz Brabo*
Entre las tantas noticias que he leído acerca del caso en cuestión, me llamó la atención un artículo que indicaba que si la ministra en visita, Romy Rutherford, levanta cargos en contra de Izurieta “se daría un escenario en el que todos los ex comandantes en jefe de la democracia estarían bajo una imputación penal ante la justicia”. Esa afirmación pone de relieve la continuidad de las conductas cuestionables, pese a las investigaciones y la condena ciudadana. Pero esto no solo ha pasado en el Ejército, cómo sabemos, es una situación en la que se han visto envueltas distintas instituciones públicas y que ha contribuido a la sensación de desconfianza casi generalizada.
Desde el punto de vista del compliance, estos casos nos hablan de una dicotomía entre los valores que se busca abrazar, por ejemplo, la probidad, transparencia, el uso eficiente de los recursos públicos, etc., y la práctica abierta o tácitamente aceptada al interior de una organización, el cómo se hacen las cosas. Luego de casi veinte años de experiencia laboral en servicios públicos, me consta que se realizan programas de entrenamiento, cursos de probidad, anticorrupción, de deberes funcionarios, etc. que son obligatorios y se reiteran en distintos momentos de la vida laboral, es decir, que el problema muchas veces no radica en el desconocimiento de la norma sino en la falta de aterrizaje de esas normas a la labor diaria o, en el peor de los casos, en una cultura interna de “laissez faire, laissez passer”. Como dicen en los países del norte “there is the law, and there is what is done” (“está la ley y está lo que se hace”). Pero esto no sólo pasa en las instituciones públicas, también en las empresas.
Es por ello que los profesionales del compliance están centrando su atención en la necesidad de utilizar las herramientas de las ciencias de la conducta en los procesos de reclutamiento, formación y concientización de personas, para lograr que los valores perseguidos por una organización sean incorporados por sus miembros en sus sistemas de creencias personales, de manera que el cumplimiento se produzca de manera natural, por convicción. En ese paradigma, es primordial entender cuáles son los valores imperantes en una organización antes de intervenirla, antes de implantar -por ejemplo- un programa de cumplimiento o aplicar medidas de formación y capacitación. Saber “qué es lo que se hace” nos permite levantar riesgos de manera efectiva. Pero no podemos quedarnos sólo en la identificación; para lograr el cambio es necesario entender las causas, las circunstancias que rodean la ocurrencia y apoyarnos en herramientas de las ciencias de la conducta para alinear a los miembros de una organización en torno a los objetivos que se busca lograr.
Hasta aquí, hemos avanzado en el reconocimiento y consagración normativa de los programas de cumplimiento por parte de las empresas, sin embargo en el sector público falta camino por recorrer. La creación del cargo de Oficial de Cumplimiento en el Banco Central es una señal de avance y esperamos se constituya en un ejemplo a seguir por otras instituciones. ¿Y qué tal si luego avanzamos hacia la certificación de sistemas de gestión de riesgos en el sector público? Por ejemplo, el Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá, organismo encargado de ejecutar obras viales y de espacio público, trás verse envuelto en un escándalo mayor de corrupción, se propuso atacar el problema y el año pasado obtuvo la certificación ISO 37001 de su Sistema de Gestión Antisoborno. Estos ejemplos demuestran que no se requiere ley para avanzar en la implementación de sistemas de compliance en el sector público, que podemos avanzar desde ya, por el bien de las instituciones y de todos nosotros.
* Lina Díaz Brabo es Socia fundadora y Directora de la firma española Connecting Compliance SL. Abogada por la Pontificia Universidad Católica de Chile, es LL.M in International Legal Studies, specialization in International Trade; LL.M in Law and Government – specialization in Business & Financial Regulation (ambos de American University Washington College of Law). Anteriormente fue la Coordinadora de Compliance del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC).