Columnas
Delitos en tiempos de Crisis
"Evitar la apropiación o desvíos de recursos económicos propios frente a la contingencia es una necesidad real. Los sistemas de prevención y programas de cumplimiento al interior de las empresas serán sometidos a prueba en este período y deberán demostrar ser lo suficientemente robustos para asegurar la continuidad de la vigilancia y de la aplicación de los controles financieros, que permitan advertir y evitar la comisión de ilícitos o conductas anti éticas al interior de éstas".
Por Ignacio Schwerter *
Desde el 18 de octubre del año 2019 nuestro país se ha visto enfrentado a un complejo escenario social y político, que ha permeado profundamente en nuestra economía. Los meses sucesivos no han estado exentos de complicaciones pues, se ha sumado a lo anterior, la crisis sanitaria generada por la proliferación del COVID-19.
La declaración de pandemia del COVID-19, efectuada el 11 de marzo del año 2020 por la Organización Mundial de la Salud, más las medidas preventivas adoptadas por la autoridad para evitar la propagación sin control del mismo, han generado un escenario adverso, complejo e incierto, que se ha plasmado en un alto desempleo y en una fuerte contracción económica.
Por cierto que ello afecta de manera significativa a la actividad empresarial y pone a prueba la eficacia de los programas de cumplimiento frente a una realidad no prevista. Épocas como la que estamos viviendo se transforman en una fuente de comisión de diversos delitos, a través de los cuales los individuos pretenden aplacar o satisfacer necesidades generadas por la incertidumbre vivida y el desempleo creciente.
Por cierto ello no es un tema menor y debe tomarse en consideración para reducir al mínimo la ocurrencia de este tipo de delitos. Los países de la región han sido advertidos de aquello y, con mayor razón, las empresas deben estar alertas.
En efecto, con fecha 8 de abril del año 2020, el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) emitió un comunicado sobre el COVID-19 y sobre los riesgos asociados de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. En este comunicado se advierte a los países de la región sobre los riesgos que surgen a causa de la situación sanitaria mundial y lo imperioso que resulta tomar medidas al respecto.
En el contexto actual, el GAFILAT pone énfasis en el aumento de ciertos fenómenos criminales que impactarán en la actividad empresarial, gubernamental y financiera. Así, prevé un aumento en los fraudes financieros y estafas, en el tráfico ilícito de medicamentos y en la oferta de inversiones fraudulentas en modalidad de esquemas Ponzi. Anticipa también, dada la alta demanda de insumos médicos para el manejo del problema sanitario, un aumento en el tráfico ilícito de mercancías relacionadas a éste, en la adulteración de medicamentos e implementos médicos, en la venta de insumos sin los estándares requeridos por el sector salud y del sobreprecio en la adquisición de insumos derivados de una alta demanda.
Por otra parte, en consideración a los planes de ayuda financiera aprobados por los gobiernos de la región, tanto para empresas como para el ciudadano común, el GAFILAT anticipa la ocurrencia de fraudes y estafas asociadas a éstos y robo de datos para accesos ilícitos a cuentas bancarias. Prevé también un aumento o repunte en los delitos de corrupción, por las grandes sumas de dinero que han destinado los gobiernos a la adquisición de insumos para el sector de la salud y por la flexibilización en los procedimientos de adquisición por parte de éste, para cumplir con la urgencia y necesidad de los servicios de salud.
Finalmente, producto del aumento sustancial de las operaciones financieras remotas y de la compra de productos y servicios por medios electrónicos, el GAFILAT advierte sobre el aumento en los fraudes y delitos informáticos.
Como se ve, la actividad empresarial no queda ajena a esta nueva realidad. Los fraudes cometidos en forma presencial o a través de medios informáticos, hechos de corrupción, infracciones contra la propiedad intelectual e industrial, atentados contra la salud, entre otros, son frecuentes en tiempos de crisis y es importante estar atentos para prevenir su ocurrencia.
Evitar la apropiación o desvíos de recursos económicos propios frente a la contingencia es una necesidad real. Los sistemas de prevención y programas de cumplimiento al interior de las empresas serán sometidos a prueba en este período y deberán demostrar ser lo suficientemente robustos para asegurar la continuidad de la vigilancia y de la aplicación de los controles financieros, que permitan advertir y evitar la comisión de ilícitos o conductas anti éticas al interior de éstas. Asimismo, deberán ser dinámicos y someterse a una constante revisión para permitir su adaptación a las nuevas figuras delictivas creadas durante este período y su incorporación, aunque sea transitoria, al esquema de la Ley 20.393.
Las medidas de resguardo deben extremarse. La probabilidad cierta de reducción de personal al interior de las empresas, que signifique una merma temporal en la capacidad de análisis o en la efectividad de las investigaciones internas, debe ser contrarrestada con otras medidas. La posibilidad de que los controles previstos sean operados de forma remota es una necesidad. Debe garantizarse el acceso a distancia a todos los registros y operaciones de la empresa, de modo de poder identificar las zonas de riesgos e implementar sus soluciones de forma inmediata. Asimismo, debe garantizarse una comunicación directa entre los estamentos encargados del control al interior de la empresa.
Cobra entonces relevancia la proactividad en la prevención que adopte el encargado de cumplimiento designado al interior de la empresa y la accesibilidad que se tenga a éste debe ser óptima, incluso a través de canales remotos. Es el momento de transmitir al resto de la organización, a través de informativos, entrenamientos, videoconferencias y pruebas, la intensificación de esta labor preventiva.
Es momento de actuar y prevenir. Ello no sólo permitirá evitar la comisión de delitos al interior de la empresa sino que también una atribución de responsabilidad penal a ésta.
* Ignacio Schwerter es abogado por la Pontificia Universidad Católica de Chile y lidera el área de derecho penal económico o white collar de DLA Piper Chile, ejerciendo como litigante en materias penales. Asimismo asesora judicialmente a clientes chilenos y extranjeros en materias de responsabilidad penal de las personas jurídicas y/o sus ejecutivos en materias de cohecho o corrupción y también de https://estadodiario.com/wp-content/uploads/2018/02/im4-1.jpgistración desleal, negociación incompatible, delitos ambientales, infracciones a normas de mercado de capitales y de otras normativas penales o infraccionales.