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Una mirada al Proyecto de Ley de información financiera

"Para que tenga sentido el exigir la entrega de información bancaria (por mucho que sean meros movimientos de saldos en las cuentas corrientes), es necesario que la autoridad tributaria local cuente con un sistema adecuado de almacenamiento y procesamiento de esta información. Si se carece de esta capacidad, el argumento de combate a la elusión y evasión no resulta aplicable como fundamento indiscutible para entregarle mayores facultades o medidas de acceso a la información a la autoridad fiscal".

Por José María Diez *

El exceso de información puede producir la saturación de los sistemas tecnológicos de las autoridades fiscales, impidiéndoles utilizar de forma correcta los recursos puestos a su disposición. Esta es la primera luz de alerta que se debe poner al nuevo Proyecto de Ley iniciado por la moción de los senadores Montes, Lagos y Pizarro que obliga a las instituciones financieras a entregar información sobre saldos y sumas de abonos en cuentas financieras al Servicio de Impuestos Internos, la cual sería utilizada para combatir la elusión y evasión fiscal. 

Con ello me refiero, no sólo a efectuar un cruce de información, sino que del análisis de los datos surjan antecedentes relevantes y suficientes para iniciar y terminar con éxito un proceso de fiscalización. Este tema no es menor, ya que al observar lo sucedido en otras naciones, es posible vislumbrar los problemas que tiene este afán de exigir la entrega de información a ls autoridades fiscales. 

José María Diez

Precisamente, un informe de la Comisión Europea emitido respecto del intercambio de información fiscal en diciembre de 2017 concluyó lo siguiente: (i) Los estados están abrumados por la cantidad de información que reciben; (ii) No se puede procesar adecuadamente la información recibida; (iii) Faltan equipos y recursos técnicos adecuados. Esto es fundamental, porque los países están recibiendo toneladas de información que está sujeta a ser pirateada o divulgada en público si no se toman las medidas adecuadas. 

El crear estos sistemas de información masiva requieren de una gran inversión en TI con software que debe actualizarse periódicamente. A mayor abundamiento, muchas jurisdicciones dependen de equipos y sistemas de procesamiento de datos que proveen los mismos gigantes tecnológicos a los que quieren auditar. 

Por lo tanto, para que tenga sentido el exigir la entrega de información bancaria (por mucho que sean meros movimientos de saldos en las cuentas corrientes), es necesario que la autoridad tributaria local cuente con un sistema adecuado de almacenamiento y procesamiento de esta información. Si se carece de esta capacidad, el argumento de combate a la elusión y evasión no resulta aplicable como fundamento indiscutible para entregarle mayores facultades o medidas de acceso a la información a la autoridad fiscal. 

En definitiva, conviene preguntarles a los legisladores promotores del proyecto que planes tienen en concreto para el empleo de la información que solicitan, y como ella será recibida, procesada y almacenada de manera efectiva por parte del SII, para conseguir los objetivos recaudatorios que ellos proponen.

* José María Diez Lempereur de Saint Pierre es Socio de Recabarren & Asociados.

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