Columnas

Dinamarca y su intención de generar precedente en materia de regulación de deepfakes

Por Agustina Davis Komlos* 

El fenómeno de los deepfakes llegó para quedarse. Es cada día más común ver circular imágenes y videos en internet, de personas famosas o incluso comunes y corrientes, creados por inteligencia artificial y que parecen ser reales. Este tipo de creaciones pueden afectar gravemente, como ya hemos visto, el derecho a la imagen de las personas, que, en Chile, tiene rango constitucional. Además, pueden surgir una serie de otros problemas legales, especialmente cuando se trata de menores de edad. A nivel parlamentario, Chile aún no tiene ningún tipo de iniciativa que intente regular o sancionar este tipo de creaciones. A nivel comparado hemos visto que se ha abordado desde distintas aristas. Estamos frente a un fenómeno que avanza en forma rápida, compleja y consecuencias aún poco dimensionadas.

Recientemente, en Dinamarca, se ha planteado reformar la Ley de Derechos de Autor, reconociendo a la persona objeto de los deepfakes, el derecho a la propia imagen, voz y rasgos físicos, pudiendo estas personas reclamar derecho de autor sobre estas representaciones, pudiéndose incluso solicitar la retirada de plataformas online.  Además, en caso de no retirar el referido contenido, podrían imponerse sanciones y multas e incluso intervención de la Comisión Europea. Lo más innovador de la propuesta es que se abre la puerta a que las personas puedan reclamar derechos de autor sobre estas reproducciones no consentidas, otorgando un control inédito sobre su identidad digital.

Cabe destacar que la propuesta danesa contempla una excepción razonable para casos de sátira o parodia, preservando así un delicado pero necesario equilibrio con la libertad de expresión artística. Esta cláusula evidencia que se puede legislar de forma cuidadosa y matizada, sin caer en censuras excesivas.

Desde una perspectiva comparada, Dinamarca se posiciona como pionera a nivel global. Si bien países como Corea del Sur y Estados Unidos han centrado su regulación en los deepfakes con contenido pornográfico, y Francia o el Reino Unido penalizan su difusión sin consentimiento, el enfoque danés es mucho más ambicioso: propone una protección transversal frente a cualquier tipo de manipulación audiovisual no autorizada.

Esta iniciativa representa un punto de inflexión. Reconoce, en los hechos, una suerte de derecho a la identidad digital, un concepto cada vez más relevante en la era de la inteligencia artificial. Frente a un contexto de acelerado avance tecnológico y creciente desinformación. Sin duda es un escenario desafiante, donde se deberán desarrollar marcos normativos que protejan a las personas, sin obstaculizar el desarrollo tecnológico, pero sí exigiendo estándares éticos y responsabilidades claras.

Chile debiese mirar con atención este tipo de propuestas. No solo porque establecen un modelo jurídico innovador, sino porque nos enfrenta con preguntas inevitables: ¿cómo protegemos a los ciudadanos frente al uso abusivo de su imagen en entornos digitales? ¿Qué rol le cabe al Derecho en la defensa de la intimidad de las personas en la era de la IA?

Agustina Davis Komlos*, socia BBD Badilla Davis y académica Facultad de Derecho Universidad Andrés Bello

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