Columnas

La labor penitenciaria y el peligro de normalizar la tortura

Será posible que los gendarmes crean que su labor en las cárceles no debe ser cuestionada y que los límites están impuestos por la práctica y no por las normas jurídicas. Si fuere así, nos enfrentamos a un escenario complejo. Sería sostener que los agentes no están dispuestos a asumir límites normativos a la actividad operativa, como los descritos en la querella.

*Luis Vergara Cisterna

En los últimos días algunas asociaciones gremiales de Gendarmería de Chile, han expresado públicamente que el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) está criminalizando la labor penitenciaria. Se les advierte motivados por la prisión preventiva decretada para tres gendarmes involucrados en hechos ocurridos durante 2020, en el Centro de Detención Preventiva de Santiago Sur y, respecto de los cuales, “el Instituto” interpuso querella criminal por el delito de tortura.

El reclamo no deja de llamar la atención y nos invita a preguntarnos, cómo puede el INDH, mediante la interposición de una querella criminal por el delito de tortura, criminalizar la labor penitenciaria. Será posible que los gendarmes crean que su labor en las cárceles no debe ser cuestionada y que los límites están impuestos por la práctica y no por las normas jurídicas. Si fuere así, nos enfrentamos a un escenario complejo. Sería sostener que los agentes no están dispuestos a asumir límites normativos a la actividad operativa, como los descritos en la querella.

Luis A. Vergara Cisterna

Tal vez porque ven allí un elemento que socaba su poder al interior de los centros carcelarios, un flanco que debilita su posición frente a los privados de libertad. Temen a la incertidumbre de enfrentar la labor diaria sin las herramientas operativas toleradas institucionalmente durante décadas. Expuestos ante la persecución penal y sin otros elementos de gestión útiles a los que echar mano, solo se limitan a abogar por legitimar prácticas construidas por años al amparo de la informalidad. El militarismo aprendido, como forma estructurante de la cultura organizacional, tampoco les ofrece una salida al problema. Al parecer poco o nada aportaron los políticos de turno con sus gestiones timoratas. Por el contrario, dejaron transitar a sus anchas al servicio penitenciario sin poner coto a sus prácticas. Propiciaron amplios espacios de discrecionalidad, llenados de contenido al margen del derecho, pudiendo construir los márgenes y límites de la labor penitenciaria en la ley, prefirieron desentenderse. Testigos mudos de cómo el propio operador parchaba una y otra vez el reglamento penitenciario. Tal vez solo querían que los reclusos no se evadieran, ni se mataran. Y aunque ocurrieron bulladas fugas y dantescas muertes no se sensibilizaron.

De una vez el Estado debe hacerse responsable de las condiciones deplorables en que se ejecuta la pena privativa de libertad, pues estas son de su cargo. El Estado puede y debe hacer más, solo depende de sus políticas. Si seguimos atiborrando de personas los centros penales, seguirán los problemas. Si no nos hacemos responsables de los agentes que las custodian, no habrá esperanza de que el derecho sea la respuesta a la vida intracarcelaria.

El reclamo gremial de los gendarmes es una alerta que debe ser escuchada. Indica que algo no anda bien en el sistema penitenciario y que se hace necesario tomar las riendas del proceso de ejecución, para dotar de contenido la relación que media entre el Estado y el sujeto encarcelado. Se requiere de forma urgente construir herramientas de gestión que se encuadren dentro de los márgenes del Estado de derecho. Dotar a los agentes de un sentido de servicio público que alejen las visiones bélicas contra el encarcelado, superando las miradas securitarias. La idoneidad de los procesos de formación y capacitación funcionaria serán fundamentales para el logro de este objetivo. Sin embargo, en lo inmediato se precisa que las autoridades responsables expliciten una respuesta clara ante la duda generada por los funcionarios de Gendarmería de Chile. Una querella criminal por el delito de torturas no criminaliza la labor penitenciaria, sino por el contrario la fortalece. Ayuda, por una parte, a que los tribunales de justicia, como órganos independientes, conozcan de los hechos y resuelvan con plena autonomía una verdad procesal para el caso concreto y, por otra, a que se afiance como límite para la actividad operativa, el que ningún privado de libertad pueda ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Esperamos que las palabras del Subsecretario de Justicia, al celebrar la instalación en Chile del Sistema de Registro, Comunicación y Atención integral a víctimas de Violencia Institucional carcelaria (SIRCAIVI), sean el norte de una gestión concreta en materia penitenciaria, en que se honre el compromiso de promover el respeto a los derechos de las personas que se encuentran bajo la tutela estatal, “en el hostil escenario penitenciario que forma parte de nuestra realidad”.

*Luis Vergara Cisterna,   Abogado y doctorando en Derecho UCEN

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Close
Close