Columnas
La Ley de Adopción que el Congreso ya aprobó, pero que todavía no rige
Por Naomi Sussely Menis*
Este tema toca una fibra muy profunda en mi, ya que yo soy adoptada. Mis padres, Ricardo y Susana, iniciaron los trámites de adopción en el antiguo SENAME el año 1997, justa antes de la reforma de 1999, donde la adopción en Chile estaba fragmentada y coexistían normativas desactualizadas como la Ley Nº 7.613 (de 1943) y la Ley Nº 16.346 (de 1965)
El 31 de julio de 2025, el entonces Presidente Gabriel Boric promulgó la Ley N° 21.760, la nueva Ley de Adopción, tras casi doce años de tramitación en el Congreso y con un respaldo transversal poco habitual en materias de familia: 98 votos a favor, 19 en contra y 11 abstenciones. Fue publicada en el Diario Oficial el 16 de agosto de ese año. Más de un año después, en septiembre de 2026, la ley sigue sin entrar en vigencia.

La razón no es un vacío legal ni una omisión menor: la propia ley condicionó su entrada en vigor a que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia dictara y publicara siete reglamentos, y a que transcurriera un mes desde el término del período de acreditación de los organismos colaboradores que ejecutan los programas de adopción. Ese diseño, pensado para asegurar que la nueva institucionalidad estuviera realmente lista antes de operar, terminó generando una demora que hoy supera el año, con un episodio político de por medio que puso el tema en el centro del debate público.
El 30 de marzo de este año, el Gobierno del Presidente José Antonio Kast ordenó retirar desde la Contraloría General de la República el Decreto Supremo N° 2 de 2026, que contenía el reglamento clave para poner en marcha la nueva ley. La decisión generó una reacción inmediata: la diputada Emilia Schneider la calificó de inaceptable, apuntando a un supuesto sesgo conservador, mientras el senador Matías Walker recordó que se trataba de una ley ya despachada por el Congreso tras un amplio consenso, y que no se entendía el retiro del reglamento. El Ejecutivo, por su parte, explicó que los reglamentos habían sido ingresados en febrero, en un contexto cercano al cambio de gobierno, y que se estimó pertinente revisarlos en profundidad antes de continuar su tramitación. Tres días después, el 2 de abril, el Gobierno reingresó el reglamento, defendiendo la revisión como un acto de responsabilidad y no como un intento de frenar la ley.
Pero el episodio, aunque resuelto en apariencia en cuestión de días, dejó una pregunta de fondo sin responder: ¿por qué, más de un año después de publicada, la ley sigue sin poder aplicarse? Hacia junio de este año, fundaciones especializadas en adopción —como la Fundación San José y la Fundación Chilena de la Adopción y Familia, que participaron activamente en la discusión técnica de la reforma— seguían señalando que el reglamento debió estar listo en febrero o marzo, y que el Ministerio recién estaba «finalizando los trámites» para su reingreso definitivo a Contraloría.
Este no es un problema meramente administrativo. Se trata de una ley que busca resolver, precisamente, el problema de la demora: bajo el sistema actual —la antigua Ley N° 19.620—, un niño o niña puede pasar hasta ocho años en procesos de revinculación familiar, atravesando distintos procedimientos judiciales y, muchas veces, distintos tribunales, antes de que se resuelva su situación definitiva. La nueva ley reduce ese plazo máximo a doce meses, con una etapa adicional de hasta seis meses si la primera revinculación fracasa, y unifica todo en un único procedimiento de protección. Mientras esa ley no entre en vigencia, cada mes de retraso reglamentario se traduce, en la práctica, en más tiempo de espera para los más de diez mil niños, niñas y adolescentes que hoy están bajo protección del Estado, protección que, es manifiestamente deficiente
Hay, además, un cambio sustantivo que explica parte de la sensibilidad política del episodio: la nueva ley elimina la preferencia rígida que hoy favorece a los matrimonios sobre otras configuraciones familiares, permitiendo que personas solteras, convivientes civiles y familias de acogida —bajo ciertos requisitos— puedan adoptar en igualdad de condiciones, evaluando caso a caso qué familia se ajusta mejor a las necesidades de cada niño. Es un cambio de paradigma consistente con la Ley de Garantías de la Niñez, que reconoce el derecho a vivir en familia «cualquiera sea su composición».
La distancia entre la promulgación y la implementación efectiva —dictar reglamentos, acreditar colaboradores, capacitar a la judicatura— puede terminar siendo, en los hechos, tan larga o más que la propia tramitación legislativa. Y en esa distancia, mientras los reglamentos siguen su curso administrativo, hay niños concretos que continúan esperando bajo las reglas antiguas que esta ley, precisamente, buscaba dejar atrás.




