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Ley Fintech: Ser o no ser
"No es un proyecto de ley perfecto y ello de modo alguno obsta a que, si somos capaces de identificar colaborativamente los espacios de mejora, su tramitación sea expedita y su texto sea un referente a nivel mundial, puesto que ya ha llamado la atención en otros países, por incorporar temas tan relevantes como el sistema de finanzas abiertas (open finance), la regulación flexible a ciertas actividades específicas y el tratamiento incipiente de los criptoactivos, entre otros temas".
Por Cristián R. Reyes Cid *
Y por fin llegó. El tan esperado proyecto de ley Fintech ya fue ingresado al Congreso por el Ministerio de Hacienda, abriendo paso a una nueva forma en la que Chile abordará temas tan relevantes como la libertad de emprendimiento, la inclusión financiera y la competencia en este sector, incorporando al ámbito regulatorio -sin demonizaciones ni idealismos- a diversas empresas Fintech.
Sin duda, este es un muy buen proyecto de ley y pone de manifiesto tanto el trabajo realizado por las y los profesionales que estuvieron a cargo de su redacción, como el espíritu que infundió el white paper de la CMF hace tres años, en una búsqueda de reconocer y promover el desarrollo de la innovación financiera e incorporar a un marco regulatorio mayor aquellas actividades que alcancen ciertos umbrales.
Sin embargo, no es un proyecto de ley perfecto y ello de modo alguno obsta a que, si somos capaces de identificar colaborativamente los espacios de mejora, su tramitación sea expedita y su texto sea un referente a nivel mundial, puesto que ya ha llamado la atención en otros países, por incorporar temas tan relevantes como el sistema de finanzas abiertas (open finance), la regulación flexible a ciertas actividades específicas y el tratamiento incipiente de los criptoactivos, entre otros temas.
Pero vamos a los detalles. Una primera preocupación que surge de la lectura del texto es la necesidad no sólo de registrarse ante la CMF, sino además de solicitar autorización de existencia. Si bien requisitos como este existen en otros mercados, parece que esta autorización es contradictoria con el incentivo a que las Fintechs surjan y crezcan, ya que es un trámite que puede durar hasta seis meses y queda sujeto al parecer de la autoridad de turno. De hecho, el anteproyecto de ley elaborado por la CMF, era claro es señalar que “acreditado el cumplimiento de los requisitos antes descritos, la Comisión, sin más trámite, conferirá la autorización respectiva”, lo que estimamos debiera ser reestablecido.
Por otra parte, el proyecto exige que las Fintechs tengan giro exclusivo, sin perjuicio de la posibilidad de prestar más de un servicio regulado. Esta exigencia no parece realista ni armónica con un modelo de negocios ágil y flexible, en que las Fintechs suelen prestar más de un servicio, no necesariamente de aquellos que se pretende regular, lo que hace que el costo https://estadodiario.com/wp-content/uploads/2018/02/im4-1.jpgistrativo, financiero e incluso cronológico que implica tener que crear empresas separadas según su giro, no parezca compatible con el incentivo al desarrollo de las Fintechs en el país.
Tampoco queda claro en el texto si el hecho de realizar más de una actividad regulada implicará multiplicar cuantas veces fuere necesario el cumplimiento de exigencias tales como patrimonio mínimo y garantías. Nuevamente, si éstos debieran duplicarse o triplicarse, el incentivo a desarrollar la industria Fintech se vería perjudicado.
Existen voces que apuntan a otros detalles del proyecto, por ejemplo, a la asimetría en la exigencia de contar con un plan de regularización en caso de reducción de patrimonio, y la entrega preferente a los bancos de los mecanismos de intercambio de datos. Pero uno de los mayores temores observados en diversos actores, dice relación con la facultad de la CMF de definir unilateralmente los criterios para que una Fintech pase a ser sujeto de la regulación que propone el proyecto de ley.
Una solución en tal sentido, es la posibilidad de incorporar expresamente un mecanismo de consulta pública previo a la dictación de al menos parte de la normativa que el proyecto delega en la CMF, tal como ya establece a propósito del sistema de finanzas abiertas, permitiendo que se escuche a los actores de la industria que la Ley Fintech procura reconocer e incentivar. Este detalle no menor, de hecho, sería coherente con los principios que infunden esta nueva legislación.
* Cristián R. Reyes Cid es abogado de la Universidad Católica, ex jefe de las divisiones Jurídica y de Litigios de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y senior counsel en Aninat Abogados.