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Ficha Clínica Electrónica: Avances y Responsabilidades Legales en la Gestión de Datos de Salud

La reforma de la Ley N° 20.584 impulsa la implementación de la ficha clínica electrónica, destacando la importancia de la interoperabilidad y la protección de datos de salud, esenciales para la modernización del sistema de salud chileno.

Por: Raúl Arrieta Cortés*

En la reciente reforma a la Ley Nº 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, se introduce un marco legal robusto para la implementación de la ficha clínica electrónica, con énfasis en la interoperabilidad de los sistemas de información en salud. Este cambio normativo es de especial interés e importancia para el futuro de la atención de salud de las personas, dado que establece nuevas directrices para la gestión de datos y la continuidad de la atención médica.

El proyecto de ley subraya la importancia de adherirse a la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada, la cual se encarga de regular el tratamiento de los datos personales. La ficha clínica electrónica, al centralizar y facilitar el acceso a los datos de salud, exige una implementación que garantice la confidencialidad y seguridad de la información. Este aspecto es crucial para mantener la confianza en el sistema, evitando posibles litigios relacionados con la vulneración de la privacidad.

Desde la perspectiva de gestión empresarial, especialmente para los gerentes de instituciones de salud, la reforma legal no solo representa un desafío tecnológico y administrativo, sino también una oportunidad para optimizar los procesos. La interoperabilidad entre diferentes entidades permite una coordinación más eficaz, esencial para la atención integral y continua de los pacientes. Esto puede traducirse en una mejora en la calidad del servicio y, potencialmente, en una reducción de costos operativos a largo plazo.

Además, el proyecto de ley impone el deber de actualizar los reglamentos pertinentes para garantizar la correcta administración y protección de las fichas clínicas. Este punto es de suma importancia para asegurar que las entidades de salud no solo cumplan con los estándares actuales de protección de datos, sino que también estén preparadas para adaptarse a futuras exigencias en un entorno tecnológico en constante evolución. Es esencial que ese proceso cuente con la participación de los operadores de salud, pero también de los expertos en sistemas de gestión de información y protección de datos personales, sólo así lograremos que la regulación secundaria en un entorno de protección de los derechos de las personas asegure una implementación que dé cuenta de las mejores prácticas y de las necesidades reales del sistema.

Así, la modificación de la ley de derechos y deberes en salud representa un paso significativo hacia la modernización del sistema de salud chileno. Todos deben estar al tanto de estas nuevas obligaciones y asegurarse de que sus prácticas y políticas internas se alineen con este nuevo marco legal, para así fomentar un entorno de atención médica más seguro, eficiente y respetuoso con los derechos de los pacientes.

*Raúl Arrieta Cortés, Abogado, Gutiérrez & Arrieta Abogados

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