Columnas
Postergar bien: una oportunidad para la Ley de Protección de Datos Personales
Por Ignacio Cantillana*
El 31 de agosto pasado, el Ejecutivo ingresó al Senado un proyecto que posterga la entrada en vigencia de la Ley de Protección de Datos Personales hasta el 1 de diciembre de 2027. La medida incluye ajustes a la Agencia de Protección de Datos Personales y, aunque parece positiva, exige que esta pausa se aproveche bien.
La ley fue diseñada suponiendo la existencia de un organismo capaz de interpretar la normativa, dictar instrucciones, resolver reclamos y aplicar sanciones. Hoy esa institucionalidad aún no está instalada, pese a que la ley contempla multas de hasta 20.000 UTM. El proyecto busca corregir algunas de las preocupaciones que hemos venido observando, entre ellas, que el Consejo Directivo ahora deberá designarse, a más tardar, doce meses antes de la entrada en vigencia de la ley. Además, sus integrantes aumentan de tres a cinco, fortaleciendo un organismo que deberá pronunciarse sobre materias tan relevantes como evaluaciones de impacto, transferencias internacionales y estándares de seguridad.

El problema es que la certeza regulatoria no está toda en la ley. Muchas de las preguntas que las empresas necesitan responder dependen de la propia Agencia. ¿Cómo se ajustan las exigencias al tamaño de cada empresa? ¿Con qué criterios debe realizarse una evaluación de impacto? ¿A qué países pueden transferirse datos y bajo qué cláusulas? Son dudas relevantes para quienes deberán adaptar sus procesos y el proyecto lamentablemente no las despeja. Más aún, elimina la única regla transitoria que distinguía según tamaño de empresa en materia de sanciones.
El año adicional debería servir para construir esas certezas, pero no para que las compañías esperen. El inventario de tratamientos, la revisión de las bases de licitud, el ajuste de contratos y el ordenamiento de las transferencias internacionales requieren tiempo y no dependen de las futuras instrucciones de la Agencia.
La solidez del nuevo régimen será también relevante para su reconocimiento internacional y para que la Unión Europea considere que Chile ofrece un nivel adecuado de protección. Para organizaciones que prestan servicios a clientes europeos, ello puede convertirse en una ventaja competitiva.
En definitiva, postergar un año una ley llamada a durar décadas no parece un costo relevante. La pausa debería servir para instalar la institucionalidad, permitir que la Agencia defina criterios y dar a las empresas un horizonte claro adaptar los procesos. Esperemos que postergar también sea sinónimo de legislar.
Por Ignacio Cantillana, director en Escobar, Silva, Yanine & Facuse Abogados*




