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Segundo Tribunal Ambiental ordena al SEA analizar las observaciones planteadas por la Municipalidad de Casablanca a proyecto de transmisión eléctrica birregional
Santiago, 22 de abril de 2025.- El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación de la Municipalidad de Casablanca, ordenando al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) considerar debidamente las observaciones planteadas al proyecto de transmisión eléctrica “Nueva Línea 2×220 Nueva Alto Melipilla – Nueva Casablanca – La Pólvora – Agua Santa”.
La sentencia anuló parcialmente la resolución del SEA que resolvió la admisibilidad de los recursos administrativos, presentados contra la aprobación ambiental del proyecto eléctrico, solo en cuanto desestimó la legitimación de la Municipalidad para presentar dicha acción administrativa. El Servicio deberá dictar una nueva resolución, que siga el razonamiento planteado en la sentencia.
Asimismo, el Tribunal anuló parcialmente otra resolución a través de la cual el SEA rechazó el recurso de reposición presentado por la Municipalidad de Casablanca en contra de aquella que declaró inadmisible el recurso administrativo.
Cabe recordar que el municipio acudió al Tribunal Ambiental, luego que el SEA -en su calidad de Secretaría Ejecutiva del Comité de Ministros- no admitió a trámite la reclamación administrativa que interpuso contra la resolución que aprobó la iniciativa. La autoridad consideró que no correspondía que la municipalidad presentará este tipo de acción, pues no sería un observante ciudadano, ya que no formuló sus reparos en el marco del procedimiento de participación ciudadana (PAC) sino que como un órgano de la Administración del Estado con competencia ambiental (Oaeca).
“A juicio del Tribunal, la Municipalidad de Casablanca tiene legitimación para interponer la reclamación administrativa del artículo 29 -en relación con el artículo 20- de la Ley N° 19.300, así como la reclamación judicial del artículo 17 N° 6 de la Ley N° 20.600, toda vez que formuló observaciones durante la evaluación ambiental del proyecto, de manera que la resolución reclamada, al negarle legitimación activa para reclamar en sede administrativa, incurrió en un vicio de legalidad, por lo que la reclamación será acogida”, explica la sentencia.
El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta, el ministro Cristián López Montecinos, y el exministro Cristián Delpiano Lira. La sentencia fue redactada por el ministro López.
El proyecto consiste en la construcción de una línea de transmisión eléctrica de doble circuito, una tensión de 220 kV y 106,84 km de longitud que se extiende desde la Comuna de Melipilla hasta la Comuna de Viña del Mar. Además, contempla la construcción de la subestación eléctrica Nueva Casablanca 220/66 kV y la conexión con cuatro subestaciones existentes: Nueva Alto Melipilla 220 kV, Casablanca 66 kV, Agua Santa 220 kV y La Pólvora 220/110 kV. También considera la construcción de un enlace en doble circuito de 672 metros, en una tensión de 66 kV, para conectar la subestación Nueva Casablanca con la subestación Casablanca, ya existente.
Antecedentes
– 29 de enero de 2020, Casablanca Transmisora de Energía S.A. ingresó ante la Dirección Ejecutiva del SEA, por ser de carácter interregional, el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Nueva Línea 2×220 Nueva Alto Melipilla – Nueva Casablanca – La Pólvora – Agua Santa.
– Se realizaron 2 periodos de participación ciudadana, uno en el año 2020 y el otro en 2021, este último atendida las modificaciones que sufrió el proyecto durante su evaluación.
– 14 de febrero de 2023, la Dirección Ejecutiva del SEA calificó favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto de transmisión (RCA N° 2023990019)
– Entre marzo y abril de 2023 se interpusieron 15 reclamaciones administrativas en contra de la RCA, en virtud de los artículos 20 y 29 de la Ley N° 19.300.
– 23 de mayo de 2023, directora ejecutiva del SEA, en su calidad de secretaria del Comité de Ministros, dictó resolución que declaró admisibles todos los recursos administrativos, excepto el deducido por la Municipalidad de Casablanca (Res. Ex. N° 202399101416)
– 30 de mayo de 2023, la municipalidad interpuso un recurso de reposición en contra de la resolución citada, el cual fue rechazado el 13 de julio de 2023 (Res. Ex. N° 202399101561)
– 25 de agosto de 2023, la Municipalidad de Casablanca interpuso reclamación en el Segundo Tribunal Ambiental en contra de la Res. Ex. N° 202399101416, la que fue admitida a trámite con el rol R-423-2023.
– 12 de agosto de 2025, se llevó a cabo la audiencia, alegando las abogadas Camila Stanley Bareyre, en representación de la I. Municipalidad de Casablanca, y Rosario Quiroz Barra, por el SEA.
Acceder al expediente de la causa R-423-2023




