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Los desafíos de la Defensoría del Contribuyente

"Resultará interesante conocer cuáles serán las opiniones que pueda emitir el futuro Defensor Nacional respecto de nuestra siempre nutrida contingencia tributaria -como por ejemplo sobre la eliminación o disminución de exenciones tributarias o la validez de los proyectos de ley (o futuras leyes) actualmente en tramitación en el Congreso (royalty a la minería e impuesto a los súper ricos)- desde la perspectiva del principio de legalidad, derecho cuya observancia y respeto corresponde a la primera atribución que la Ley le encomienda a la Defensoría".

Por Ignacio Iriarte *

A mediados de abril pasado, fue publicado en el Diario Oficial el Decreto del Ministerio de Hacienda que determinó el próximo 1 de agosto de este año como la fecha de inicio de la Defensoría del Contribuyente, fijando entre otras materias la dotación inicial en 34 funcionarios, 18 de los cuales – como máximo- ejercerán sus funciones en lo que resta de este año 2021.

Evidentemente, la dotación de este nuevo servicio público no resulta comparable con las del Servicio de Impuestos Internos, su interlocutor en el ejercicio de las facultades que le fueron asignadas por la reforma tributaria del año 2020. Sin embargo esta disparidad se justifica, en parte, en las extensas labores, responsabilidades y trascendencia que la https://estadodiario.com/wp-content/uploads/2018/02/im4-1.jpgistración tributaria tiene en nuestro país, sumándose incluso a ellas tareas extraordinarias, como ha ocurrido con el otorgamiento de beneficios estatales ante la situación de pandemia ocasionada por el COVID-19 (Préstamo Solidario del Estado, Bono Clase Media, por citar algunos), para lo cual no solo se ha utilizado la plataforma web del SII, sino que también el tiempo y experiencia de sus funcionarios.

Ignacio Iriarte

Ahora bien, sin desconocer el avance que representa para nuestra Legislación en materia de derechos de los contribuyentes la creación de la DEDECON, en cuanto al efectivo resguardo que ésta ofrecerá a los mismos, existe acuerdo en la mayoría de los especialistas que dicho organismo no corresponde, en su configuración actual, a un verdadero defensor, sino más bien a un intermediario y promotor de buenas prácticas entre el contribuyente y el Servicio de Impuestos Internos, carente de las herramientas legales que le permitan ejercer una defensa efectiva y activa ante posibles infracciones del SII, en el ejercicio de sus funciones. Recordemos que la labor de representación quedó focalizada, principalmente, en el ejercicio de acciones de carácter https://estadodiario.com/wp-content/uploads/2018/02/im4-1.jpgistrativo que son resueltas por la propia https://estadodiario.com/wp-content/uploads/2018/02/im4-1.jpgistración tributaria, sin que pueda acceder a reclamos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros; situación que se confirma si consideramos que en los procesos de fiscalización que efectúa el SII, la DEDECON tampoco puede participar respondiendo los requerimientos efectuados por el ente fiscal, solo orientando para dichos efectos al contribuyente.

Es posible prever desde ya que, pese a las características de las funciones que realizará la DEDECON -tendientes a detectar posibles errores u omisiones del SII y de nuestro sistema tributario, pero no (a lo menos en principio) a resolverlas de manera directa o definitiva-, la dotación resulte limitada, afectando la oportunidad y calidad de su trabajo, lo cual podría ser solucionado una vez se resuelva la creación de las Defensorías Regionales. Esto implicará un gran desafío para el Defensor Nacional del Contribuyente y su equipo, quienes conformarán este nuevo servicio respecto del cual existen altas expectativas, en cuanto a transformarse en un verdadero puente entre los contribuyentes y el SII, solucionando una demanda que, especialmente en el caso de las PYME, se ha extrañado largamente  en nuestro sistema tributario.

Finalmente, y en el corto plazo, resultará interesante conocer cuáles serán las opiniones que pueda emitir el futuro Defensor Nacional respecto de nuestra siempre nutrida contingencia tributaria -como por ejemplo sobre la eliminación o disminución de exenciones tributarias o la validez de los proyectos de ley (o futuras leyes) actualmente en tramitación en el Congreso (royalty a la minería e impuesto a los súper ricos)- desde la perspectiva del principio de legalidad, derecho cuya observancia y respeto corresponde a la primera atribución que la Ley le encomienda a la Defensoría.

* Ignacio Iriarte es socio de Recabarren & Asociados. Abogado, diplomado en Litigación Tributaria, Tributación Nacional, Derecho Tributario. Es profesor de postgrado del Diplomado en Derecho Tributario de la Universidad Católica de Chile. Se ha desempeñado como Gerente del Departamento de Impuestos de EY Chile, como abogado de la Oficina de Litigación Tributaria, de la Fiscalía Contra el Comercio Clandestino del SII y anteriormente en el Departamento Jurídico del SII en la Dirección Regional de Temuco.

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