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Una mirada a las regulaciones de las nuevas tecnologías en USA

"En el caso de USA, la Internal Revenue Service (IRS) entendió que los criptoactivos deben tratarse como "propiedad", lo que significa que califican para un tratamiento de ganancias de capital similar a los activos tradicionales como acciones y bonos. Sin embargo, hay algunos casos en los que ciertas actividades que involucran activos digitales se tratan como ingresos y, por lo tanto, están sujetas al impuesto sobre la renta".

Por Juan Frers *

Como bien sabemos, los distintos elementos que componen el fenómeno de las nuevas tecnologías se encuentran creciendo de forma exponencial.

Podemos describir algunos de los elementos que componen este nuevo ecosistema tecnológico como las fintech, los criptoactivos y los contratos inteligentes entre otros.

Como resultado de este notorio crecimiento que el ecosistema se encuentra viviendo en todo el mundo, los estados han tomado dos posturas distintas, por un lado regular los mismos y por otro incentivar las nuevas tecnologías para poder favorecer el crecimiento de las mismas.

En el presente artículo trataremos el caso de USA, por un lado realizaremos un breve análisis de cómo se encuentran regulados los criptoactivos, cuál es el tratamiento impositivo que se les da a los mismos y por último cuáles son los incentivos fiscales que existen hoy en día en dicho país para las actividades de tecnología.

Juan Frers

La IRS define a los activos virtuales financieros como “La moneda virtual es una representación digital de valor que funciona como un medio de intercambio, una unidad de cuenta y / o un depósito de valor. En algunos entornos, opera como moneda “real” (es decir, la moneda y el papel moneda de los Estados Unidos o de cualquier otro país que esté designado como moneda de curso legal, circule y se utilice y acepte habitualmente como medio de cambio en el país de emisión), pero no tiene curso legal en ninguna jurisdicción, la criptomoneda es un tipo de moneda virtual que utiliza la criptografía para validar y asegurar las transacciones que se registran digitalmente en un libro mayor distribuido, como una cadena de bloques”.

Qué Impuestos Pagan

En el caso de USA, la Internal Revenue Service (IRS) entendió que los criptoactivos deben tratarse como “propiedad”, lo que significa que califican para un tratamiento de ganancias de capital similar a los activos tradicionales como acciones y bonos. 

Sin embargo, hay algunos casos en los que ciertas actividades que involucran activos digitales se tratan como ingresos y, por lo tanto, están sujetas al impuesto sobre la renta.

En USA hay dos actividades que generan la obligación de tributar por los mismos, una es la tenencia de los mismos y la segunda (y más habitual) es la renta generada a partir de la compra -venta de los mismos, también llamada trading.

Hay ciertos hechos puntuales que generan las obligaciones de pagar el impuesto a la renta y ganancias de capital como:

– Dentro del impuesto a la renta de ganancias de capital y ganancias de personas físicas quedan gravados los siguientes hechos:

  • Venta de criptomonedas por dinero fiduciario (dólar estadounidense, libra esterlina británica, yen japonés, etc.)
  • Usar criptomonedas para comprar bienes y servicios.
  • Negociar o intercambiar un activo criptográfico por otro, ya sea en un intercambio o directamente entre pares.
  • Recibir criptomonedas desde un airdrop 
  • Cualquier ganancia por interés criptográfico de préstamos de finanzas descentralizadas (DeFi)
  • Ingresos de la minería criptográfica de recompensas en bloque y tarifas de transacción
  • Cripto obtenido de grupos de liquidez y apuestas

-Recibir criptomonedas como medio de pago para realizar el trabajo

Cuáles son los incentivos fiscales a las inversiones en tecnología

En Estados Unidos existe el llamado programa Federal R&D Tax Credit, llevado a cabo por la IRS, el cual permite que las startups tengan una desgravación fiscal de I + D sobre los costos que surgen desde el principio hasta el final de la fase de investigación y desarrollo de un proyecto. 

Estos costos se dividen en cinco categorías: personas, subcontratistas, consumibles, servicios públicos y software. 

  •  Personas: sueldos, salarios, NIC de empleadores y contribuciones a pensiones
  • Subcontratistas: uso de terceros para ayudar a resolver la incertidumbre tecnológica
  • Materias primas: consumibles utilizados en el proceso de creación de prototipos y pruebas (por ejemplo, productos químicos, harina, componentes electrónicos, etc.)
  • Utilidades: calor, luz y energía
  • Software: licencias de software utilizadas para entregar su proyecto de I + D (p. Ej., AutoCAD; SolidWorks)

Juan Frers  es abogado y contador auditor por la Universidad de Buenos Aires – UBA. Profesor de la Universidad de Buenos Aires, profesor invitado Universidad de Chile, profesor invitado Universidad de Santiago de Chile. CEO en Worldwide TaxNet Ltd, asociado de la firma Moore global Argentina.

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