Columnas
Ejes clave del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia
Por Pedro Pizarro*.
Entre los proyectos de ley comprometidos por la reforma previsional aprobada, el primero que debería ingresar al Congreso durante este mes es el que modifica el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
En simple, esta iniciativa debería abordar ajustes operativos y regulatorios para el pleno traspaso del SIS desde las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) al nuevo Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), y regular el funcionamiento del aumento de tasa y la nueva cobertura por mayor expectativa de vida.

Es importante señalar que el SIS ya existe, el que otorga cobertura a los pensionados por invalidez parcial o total y a los beneficiarios de una pensión de sobrevivencia. Este seguro –entendido como un complemento de los recursos que pone el afiliado-, busca pagar entre el 50% y el 70% del promedio de remuneración imponible de los diez años anteriores (para casos de invalidez), así como los porcentajes que contempla la ley dependiendo de la composición familiar en caso de sobrevivencia. Según la Superintendencia de Pensiones, casi 8 millones de afiliados tienen esta cobertura.
El financiamiento de este seguro proviene de los empleadores en el caso de los dependientes, y se paga junto a las cotizaciones previsionales. El monto del seguro está en promedio en 1,5%, pero esta cifra puede variar, ya que se licita normalmente cada dos años. En los últimos años se ha visto una tendencia al alza.
El proyecto de ley anunciado no debería alterar mayormente el funcionamiento de las coberturas que ya existen y, además, debe velar por el debido resguardo, inversión e implementación de la cotización adicional de 1% que se comenzará a pagar.
También podría ser el momento para revisar los motivos del alza que ha tenido el seguro en los últimos años, tanto en monto de cotización como de solicitudes (una cosa va unida a la otra). Diversas voces se han levantado indicando que habría posible abuso del sistema y la declaración de invalidez es vista como un retiro anticipado. De esta forma, los beneficiados acceden a pensiones superiores a las que tendrían por vejez.
Si bien la determinación de invalidez debe pasar por una comisión médica -integrada por tres profesionales de la salud nombrados por la Superintendencia de Pensiones, mecanismo que pareciera ser suficientemente robusto-, siempre es conveniente su revisión periódica y la implementación de mejoras, más aún ahora que el proceso pasará a depender plenamente del IPS y del FAPP, en su rol de administradores del nuevo seguro social. Las noticias que hemos visto nos muestran que el fraude en materia de beneficios tiene mayor tamaño y complejidad de lo que se podría suponer.
El SIS cumple un rol relevante en la seguridad social, otorgando prestaciones a los cotizantes y sus familias en situaciones complejas. Asegurar su debido funcionamiento, financiamiento y cobertura deben ser ejes centrales del proyecto de ley. Junto con esto, resguardar el sistema de eventuales fraudes, aumentando la fiscalización y procurando su correcto uso, también son aspectos fundamentales que debería contener la iniciativa.
*Pedro Pizarro. Vicepresidente Instituto Libertad. Ex Subsecretario de Previsión Social.