Columnas
Especial 8M | Cumplimiento de estándares éticos en el ejercicio de la profesión de la abogacía
En el marco de una nueva conmemoración del Día de la Mujer, la abogada Elisa Walker se hace parte del Especial 8M de EstadoDiario, un espacio en el que abogadas y profesionales relacionadas al mundo legal escriben sobre la participación de mujeres en sus respectivas áreas, y revisando el estado actual de diversos ámbitos del derecho y su práctica.
Por Elisa Walker Echeñique*.
La presencia de las mujeres en el ejercicio de la abogacía ha sido un tema de estudio durante los últimos años y también objeto de medidas para asegurar una presencia equitativa entre hombres y mujeres en el ejercicio profesional.

En cuanto a los estudios, destaca el informe desarrollado por la International Bar Association, titulado “50:50 en 2030: un Estudio Longitudinal sobre la Desigualdad de Género en la Profesión Jurídica”, en el que se explica que, a pesar de que dentro del universo de abogados titulados las mujeres representan el 56%, su presencia varía en los espacios de responsabilidad. Por ejemplo, se indica que las mujeres suponen el 39% de los integrantes de estudios de abogados, pero el 18% ocupa puestos de responsabilidad.
También destacan iniciativas, como la incorporación de la paridad en los Estatutos del Colegio de Abogados, donde se incluyó una norma permanente para asegurar que cada lista que postula a integrar el Consejo General del Colegio de abogados sea paritaria. Al mismo, tiempo, se incluyó una norma temporal que incluye una regla cercana a la paridad que se aplica a los asociados que resultan electos.
A pesar de que la presencia de las mujeres es un tema de gran relevancia, el 2024 ha dado cuenta de otro importantes desafíos en el ejercicio de la profesión, en especial desde el punto de vista de la ética profesional. El mejor ejemplo de aquello es el “Caso Hermosilla”, el que se inicia por una grabación telefónica en la que Luis Hermosilla y Leonarda Villalobos, en su calidad de abogados, indican entre otras cosas, que están incurriendo en la comisión de delitos con sus clientes. Este caso ha generado un “terremoto jurídico y político”, poniendo en entredicho la forma en que se ejerce la profesión. Lamentablemente, sus efectos han trascendido a las personas involucradas, generando un cuestionamiento generalizado al rol de los abogados y abogadas en el desarrollo de la justicia.
Los hechos que han formado parte del “Caso Audios” son graves y, por lo mismo, deben ser investigados y sancionados en caso que se concluya la existencia de infracciones a diversas exigencias normativas. En la actualidad, existen causas éticas y también penales en curso para efectos de determinar la posible responsabilidad que pone en entredicho en funcionamiento de la justicia y la ética profesional.
A pesar de que el caso impacta a todos quienes nos dedicamos al ejercicio de la abogacía, hay algunos elementos del caso que son relevantes y que pueden ser analizados desde la perspectiva de género.
De las personas investigadas por el caso audios, en sus distintas aristas que se extienden a mensajes intercambiados por Luis Hermosilla, existe una presencia muy importante de mujeres. Por un lado, se investiga a Leonarda Villalobos, quien está en prisión preventiva por la investigación del delito de soborno y delitos tributarios. Por otro lado, el caso incluye a Ángela Vivanco en su calidad de ministra de la Corte Suprema (quien fue removida de dicho cargo a raíz de este tema) y a Verónica Sabaj, ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, quien actualmente está suspendida de sus funciones y tiene abierto un cuaderno de remoción en su contra.
Este antecedente da cuenta de que, obviamente, hombres y mujeres estamos expuestos a incurrir en conductas ilegales y que también contravienen a la ética, lo que nos exige ser cuidadosos en nuestro actuar. Sobre este punto, es siempre importante recordar que quienes ejercemos la profesión de la abogacía somos auxiliares de la administración de justicia. De esta manera, cuando nuestro actuar es reprochable, éste no solo impacta en forma negativa a nuestros clientes, sino que pone en cuestionamiento los cimientos del sistema de justicia, el que, a su vez, es pilar fundamental del Estado de Derecho, y consecuentemente, sirve de resguardo a la democracia.
Este caso da cuenta de que “nadie puede tirar la primera piedra” y que todos y todas tenemos el deber de honrar esta profesión, satisfaciendo estándares éticos y legales en nuestro actuar profesional.
La relevancia del sistema de justicia dentro de un orden democrático, sumado al rol que tienen los abogados y abogadas en el desarrollo de dicha función, me lleva a plantear una segunda inquietud: ¿Cuáles son las medidas que adoptamos para efectos de comprometer nuestro trabajo a estándares éticos en el ejercicio de la profesión?
Sobre esta materia, Leonarda Villalobos, Ángela Vivanco y Verónica Sabaj comparten un elemento en común: ninguna de ellas está asociada al Colegio de Abogados.
Ser integrante del Colegio de Abogados refuerza un compromiso con el actuar ético de la profesión. Evidentemente, no basta con ser asociado para que el ejercicio profesional cumpla con dichos estándares, pero a lo menos da cuenta de una preocupación sobre la materia. Nuestro país ha visto debilitado el control ético de la profesión desde que la Constitución de 1980 impidió la colegiatura obligatoria. Esto ha implicado que el sujetarse a un control ético entre pares ahora sea un acto de mera voluntad, disminuyendo en forma radical la cantidad de asociados, y también la relevancia del control ético entre pares.
Esta realidad no es inocua. El control entre pares del ejercicio ético de la profesión tiene varias ventajas. En primer lugar, es un proceso que no tiene costo económico asociado para quien hace el reclamo, lo que permite que exista más facilidades de acceso al mismo. En segundo lugar, el control entre pares tiene la ventaja de que las causas son resueltas por asociados que conocen bien la relación con los clientes y entre los colegas, existiendo un conocimiento más profundo de lo que se espera de la profesión y esto los dota de mayores herramientas para resolver los casos.
Considerando lo recién señalado, sería positivo que el “Caso Audios” representara no solo una preocupación, sino que también una oportunidad para reforzar el compromiso con el actuar ético de la profesión y, a falta de colegiatura obligatoria, a lo menos movilice a mujeres a inscribirse en sus respectivos Colegios de Abogados, según la región donde estén domiciliadas. De esta forma, se refuerza el compromiso con la ética y con el Estado de Derecho.
*Elisa Walker Echeñique. Abogada, Universidad de Chile. exasesora legislativa en el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género. Actualmente es socia en el estudio de abogados Sarmiento y Walker Asociados.