Columnas

Temporal, sequía y consecuencias en el mercado laboral.

Por Javier Rodríguez Pinochet*

Gran parte del país esperó la lluvia como una solución. La prolongada escasez hídrica afectó la agricultura, la generación eléctrica, el abastecimiento de diversas localidades y la continuidad de múltiples actividades productivas. Sin embargo, cuando finalmente llegaron las intensas precipitaciones para gran parte del país, la expectativa fue reemplazada por un Estado de Catástrofe que ya tiene a 13 personas fallecidas, cuatro desaparecidos y a más de 3.400 damnificados.

La paradoja es evidente: el mismo país que necesita agua para sostener su actividad económica, ahora debe paralizarse ante las pérdidas humanas, físicas y económicas cuando ésta llega en grandes cantidades y en un período reducido. El problema, por lo tanto, ya no consiste únicamente en que llueva poco. También radica en que las precipitaciones son cada vez más irregulares, concentradas y difíciles de administrar. La crisis hídrica no termina con un sistema frontal. Por el contrario, las lluvias intensas son el detonante de problemas más estructurales.

Javier Rodríguez Pinochet

La crisis climática afecta la relación laboral mucho antes y mucho después del temporal. Cuando falta agua, disminuye la capacidad productiva de sectores completos. La agricultura reduce superficies cultivadas, algunas empresas limitan turnos, los proyectos se postergan y determinadas actividades dejan de ser económicamente viables. En estas circunstancias, los trabajadores enfrentan reducción de jornadas, pérdida de ingresos, suspensiones o desvinculaciones. La sequía, aunque no ingrese físicamente al lugar de trabajo, puede terminar extinguiendo la fuente de trabajo.

Cuando el agua llega de forma excesiva ocurre lo contrario, pero con un resultado igualmente disruptivo. Los trabajadores no pueden desplazarse, las instalaciones se inundan, el transporte se interrumpe, las obras deben detenerse y las empresas pierden temporalmente (total o parcialmente) la posibilidad de producir o prestar servicios. En ambos escenarios, el vínculo laboral queda sometido a una contingencia que ninguna de las partes provocó y que ambas deben soportar.

El Derecho del Trabajo todavía responde a estas situaciones como si fueran acontecimientos excepcionales, aislados e imprevisibles. El problema es que su repetición comienza a desmentir esa excepcionalidad. Las sequías prolongadas, las olas de calor, los incendios, las lluvias intensas y las inundaciones están pasando a formar parte de las condiciones permanentes bajo las cuales se organiza la producción.

Nuestra nación ha debido convivir, a lo largo de su historia, con una geografía marcada por la diversidad, debiendo enfrentar: terremotos, sequías, inundaciones, aluviones, incendios y temporales, todo ello ha condicionado periódicamente la vida económica y social del país. Esa experiencia ha desarrollado una importante capacidad de reacción frente a la emergencia, pero no siempre una verdadera cultura de adaptación jurídica. En materia laboral, todavía tendemos a tratar cada fenómeno como un episodio aislado, cuya solución depende de interpretaciones posteriores sobre la justificación de una ausencia, la procedencia de un descuento o el alcance del deber de protección del empleador.

Esta lógica reactiva no solo resulta insuficiente, sino que también debilita la certeza jurídica, pues trabajadores y empresas deben adoptar decisiones urgentes sin saber con claridad cuáles serán sus consecuencias legales. Cuando estas contingencias se repiten y alteran cada vez con mayor frecuencia la producción, los desplazamientos y la continuidad de las fuentes laborales, dejan de ser simples accidentes externos y pasan a formar parte del contexto permanente en que se organiza el trabajo. El desafío, entonces, no consiste únicamente en responder mejor ante la próxima emergencia, sino en establecer reglas previsibles que busquen proteger tanto la seguridad de las personas como la continuidad de las empresas.

Con todo, el sistema frontal no puso fin a la crisis hídrica. Solo mostró su otra cara. En Chile puede faltar agua para producir y, al mismo tiempo, sobrar para trabajar con seguridad. Frente a esa contradicción, el Derecho del Trabajo no puede limitarse a resolver atrasos, ausencias o descuentos a través de dictámenes de la Dirección del Trabajo. Debe comenzar a diseñar instituciones capaces de distribuir los riesgos climáticos, conservar los empleos y permitir que las empresas continúen existiendo.


*Por Javier Rodríguez Pinochet

Socio de Asuntos Laborales Pinochet & Rodríguez Abogados

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