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Poder Judicial y Segundo Tribunal Ambiental suscribieron convenio para la tramitación electrónica de causas recurridas ante cortes superiores

El Convenio de intercambio de información y colaboración entre la Corporación Administrativa del Poder Judicial y el Segundo Tribunal Ambiental entró en vigencia hoy y compromete a ambas instituciones a realizar las gestiones y desarrollos informáticos necesarios para la interconexión de sus respectivos sistemas de tramitación de causas, como también aquellos necesarios para entregar el acceso al servicio de consulta de abogados que se encuentran habilitados para tramitar en los tribunales del país.

El Segundo Tribunal Ambiental y la Corporación Administrativa del Poder Judicial suscribieron un convenio de colaboración destinado a facilitar la tramitación electrónica de aquellos recursos provenientes de la judicatura especializada que deban ser conocidos por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago.

El Convenio de intercambio de información y colaboración entre la Corporación Administrativa del Poder Judicial y el Segundo Tribunal Ambiental entró en vigencia hoy y compromete a ambas instituciones a realizar las gestiones y desarrollos informáticos necesarios para la interconexión de sus respectivos sistemas de tramitación de causas, como también aquellos necesarios para entregar el acceso al servicio de consulta de abogados que se encuentran habilitados para tramitar en los tribunales del país.

“El Tribunal pondrá a disposición de la Corporación la información y antecedentes relativos a todas aquellas causas sujetas al conocimiento del Segundo Tribunal Ambiental en las que se requiera la intervención de los tribunales superiores de justicia que integran el Poder Judicial, a través de un sistema electrónico. A su turno, la Corporación pondrá a disposición del Tribunal el sistema informático de tramitación electrónica del Poder Judicial, a fin de que el Segundo Tribunal Ambiental pueda elevar causas a la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, recibirlas una vez completada la tramitación del recurso ante dichas Cortes, e informar en el sistema del Segundo Tribunal Ambiental de la tramitación digital del proceso ante los Tribunales de Alzada con el objeto de contar con todo el historial de la causa”, detalla el convenio.

Si bien la Ley N° 20.886, que modificó el Código de Procedimiento Civil para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales que se sigan, entre otros, ante la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones, excluyó de su regulación a los Tribunales Ambientales, ambas instituciones impulsaron la firma del presente convenio con el objetivo de contribuir a desarrollar una gestión más eficiente de las funciones judiciales.

Cabe recordar que el conocimiento de los recursos de apelación y casación de determinadas resoluciones del Segundo Tribunal Ambiental corresponde a la Cortes de Apelaciones de Santiago y a la Corte Suprema, según sea el caso.

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