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Tecnología o confianza: el dilema de regular la IA
Por Cristián Reyes*
La Comisión Europea informó que, a partir del 2 de agosto de 2026, la Oficina de IA, en conjunto con las autoridades nacionales, comenzó a hacer exigibles nuevas obligaciones bajo el Reglamento de Inteligencia Artificial (AI Act), dando un paso concreto desde la discusión regulatoria hacia la aplicación efectiva del derecho en esta materia.
Según el mismo comunicado, las nuevas reglas de transparencia exigen que los chatbots y otros sistemas interactivos de IA adviertan expresamente a los usuarios que están interactuando con inteligencia artificial y no con una persona. Los deepfakes -imágenes, audios o videos generados o alterados mediante IA- deberán quedar etiquetados, y el contenido generado o modificado por estos sistemas tendrá que incorporar marcas legibles por máquina que faciliten su detección. La Comisión precisó, además, que ya existe una primera lista de más de 180 organizaciones que se adhirieron al Código de buenas prácticas sobre transparencia de contenidos generados por IA, instrumento que opera como vía práctica de cumplimiento.

Esa arquitectura responde a una idea sencilla, pero de enorme trascendencia: las personas tienen derecho a saber cuándo interactúan con IA y cuándo un contenido ha sido generado o manipulado mediante ella. Esa transparencia reduce el riesgo de engaño, fortalece la confianza en los entornos digitales y facilita la rendición de cuentas de quienes desarrollan o utilizan estas tecnologías.
Durante los últimos años, el debate mundial sobre IA se ha concentrado en grandes principios: innovación responsable, protección de derechos fundamentales, seguridad, trazabilidad, explicabilidad y supervisión humana. Sin embargo, esos principios, por sí solos, tienen un valor limitado. Su relevancia comienza cuando se traducen en obligaciones concretas, estándares verificables y mecanismos institucionales capaces de hacerlos cumplir.
Ese parece ser el mensaje central que entrega hoy Europa. La regulación deja de ser una declaración de buenas intenciones para transformarse en deberes jurídicos aplicables tanto a quienes desarrollan sistemas de IA como a quienes los implementan en su operación cotidiana. El desafío ya no consiste solo en diseñar reglas, sino en demostrar que pueden aplicarse de manera razonable, proporcional y compatible con la innovación.
Chile observa este proceso desde una posición expectante. El país ha avanzado en protección de datos personales, ciberseguridad y economía digital, pero la regulación específica sobre inteligencia artificial aún se encuentra en desarrollo. Por ello, es relevante aprender de la experiencia comparada antes de consolidar un modelo teórico, sin que ello implique replicar automáticamente las soluciones europeas. Cada jurisdicción posee distintos niveles de madurez tecnológica, capacidades institucionales y necesidades económicas; las obligaciones pensadas para un mercado de más de 400 millones de personas pueden requerir ajustes en un ecosistema como el chileno, compuesto mayoritariamente por empresas de menor tamaño y con distintos grados de adopción tecnológica.
Por ello, la discusión nacional debería concentrarse en lo fundamental: que la IA sea desarrollada y utilizada de forma transparente, responsable y verificable. Los instrumentos específicos podrán evolucionar con la experiencia; esos objetivos difícilmente perderán vigencia.
La inteligencia artificial seguirá transformando la economía y la vida cotidiana a una velocidad que ninguna regulación podrá anticipar por completo. Pero existe una diferencia fundamental entre regular la tecnología y regular la confianza: la primera cambia constantemente; la segunda es la condición indispensable para que cualquier innovación logre legitimidad social.
*Cristián Reyes Cid, socio Aninat Abogados




