Columnas
Proteger mentes, no solo cerrar pantallas: El desafío global de regular las plataformas
Por Isabel Cornejo Plaza
Enfrentamos una grave crisis de salud mental infantil y adolescente impulsada por el modelo de negocio de las plataformas digitales, el cual lucra al maximizar el tiempo de atención de los usuarios. El debate sobre cómo proteger a nuestra juventud cobra así una urgencia mundial. Francia, por ejemplo, avanza en una regulación que prohíbe las redes sociales a menores de 15 años, medida que se suma a las iniciativas de Dinamarca o Australia, país este último pionero en vetar formalmente el acceso a menores de 16 años bajo la amenaza de aplicar millonarias multas a las empresas tecnológicas.

En Chile, el Congreso tramita tres proyectos de ley refundidos. Uno de ellos (Boletín N° 18246-18) sigue esta tendencia prohibitiva internacional al buscar vetar el acceso a redes sociales a menores de 16 años, anulando incluso el consentimiento expreso de los padres. Aunque el enfoque restrictivo francés o el propuesto en el ámbito local parecen valientes ante la magnitud de la crisis, basar la política pública exclusivamente en la prohibición resulta una idea ingenua. Una restricción rígida que no vaya acompañada de educación efectiva terminará fomentando el uso clandestino y permitiendo a los jóvenes burlar fácilmente las barreras tecnológicas.
Por ello, la opción más viable para nuestro país radica en la fusión de los otros dos proyectos en trámite (Boletines N° 18224-18 y N° 18318-19). Una solución real exige transitar del mero bloqueo hacia una regulación estricta del diseño de las empresas tecnológicas. Es imperativo obligar a las plataformas a desactivar por defecto los mecanismos de diseño adictivo —como el desplazamiento infinito, las notificaciones de recompensa o la reproducción automática— en las cuentas de menores de edad. A esto debe sumarse la alfabetización digital obligatoria en el currículo escolar, con el fin de dotar a los estudiantes de pensamiento crítico frente a los algoritmos.
Más relevante aún, esta regulación debe anclarse en la defensa de los neuroderechos, consagrados de forma pionera en nuestra Constitución mediante la Ley N° 21.383. Comprender que el diseño algorítmico adictivo constituye una manipulación directa de la actividad cerebral en desarrollo justifica la intervención decidida del Estado para frenar los abusos de la industria.
Sin embargo, para que la norma sea efectivamente aplicable, es necesario superar diversos desafíos prácticos. Frente a la opacidad de los algoritmos, las plataformas deben demostrar, mediante auditorías externas e independientes, que sus sistemas de inteligencia artificial no utilizan tecnologías subliminales, manipuladoras o engañosas.
Asimismo, urge implementar un sistema de verificación de edad robusto que sea operado por un tercero independiente (como un token gubernamental o el de la cartera digital de la Unión Europea), evitando así dejar la privacidad biométrica de los menores en manos de las propias empresas tecnológicas. Finalmente, para hacer viables las sanciones por incumplimiento a nivel global, la ley debe exigir a todo proveedor extranjero la designación de un representante legal domiciliado en Chile.
No podemos depositar la protección digital exclusivamente sobre las familias. Proteger a nuestra niñez requiere obligar a la industria a construir entornos seguros desde su diseño, educando al mismo tiempo a las futuras generaciones.
*Isabel Cornejo Plaza
Catedrática Jean Monnet
Universidad Autónoma de Chile




