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Colegio de Abogados recalcó la importancia de la certeza jurídica en los “Diálogos Sociales” de la Reforma Tributaria que impulsa el Gobierno

Rodrigo Ugalde, miembro de la Comisión Tributaria del gremio, señaló que “era muy importante dejar en claro que todos los hechos gravados estén regulados en la ley, de manera clara y precisa”, para no generar incertidumbre en la aplicación de las normas.

La Comisión Tributaria del Colegio de Abogados de Chile, representada por Paula Madariaga y Rodrigo Ugalde, y acompañado por su presidenta Soledad Recabarren, expusieron esta mañana frente a un equipo de asesores del Ministerio de Hacienda, en el marco de una nueva jornada de los “Diálogos sociales: Reforma Tributaria con las personas”, convocados por el Gobierno, con el objetivo de elaborar los principios que guiarán la reforma tributaria.

La audiencia pública, realizada en la Casa Central de la Universidad de Chile, se centró en materias tributarias anti elusivas y se abordó la criminalización con que suele vincularse a la planificación tributaria.

Soledad Recabarren

Rodrigo Ugalde, profesor de la Universidad Católica, y miembro de la Comisión, sostuvo que para el Colegio de Abogados era muy importante dejar en claro que todos los hechos gravados estén regulados en la ley, de manera clara y precisa, “porque en definitiva esto es lo que da certeza jurídica”, y que esta normativa sea analizada y resuelta por los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA). Añadiendo que esto se vuelve muy relevante en el combate a la evasión, disposiciones que requieren se acredite que el contribuyente no actúa de buena fe, lo cual pueden evaluar los TTA, evitando cualquier arbitrariedad en la interpretación de los hechos y de las normas.

La abogada Paula Madariaga, profesora de la Universidad Adolfo Ibáñez, expuso sobre que debe entenderse por planificación tributaria y la legitima opción de negocios, señalando la importancia de que la lucha contra la evasión tributaria siempre debe suponer el dolo y la malicia, no procediendo considerar como actos evasivos las acciones involuntarias, debido a ignorancia, error o distinta interpretación de buena fe.

Se reiteró, por parte de los expositores, que “es necesario que cuando se conozcan actos o conductas discutibles, se respete la existencia de la presunción de la buena fe tributaria, que es una garantía del contribuyente, y que se exija que haya dolo o malicia, para que pueda haber sanciones penales”.

Al final de la presentación, y al ser consultados por el equipo ministerial si la Comisión tenía alguna propuesta, los abogados expusieron sus argumentos sobre  cómo enfrentar la evasión de impuestos en el mercado informal, apuntando a quienes están haciendo las importaciones de los bienes que venden los comerciantes callejeros. “Aquí lo que hemos detectado es que se realizan importaciones subvalorando los productos, y después venden en negro, no tributándose ni con IVA ni con impuesto a la Renta, entonces ahí es donde está la gran evasión”, advirtió Recabarren.

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