Columnas
Hacia una justicia de familia eficaz
Por Isabel Warnier*.
Los avances legislativos en materia de cumplimiento de pensiones de alimentos han sido significativos. Las leyes 21.389 y 21.484 marcaron un punto de inflexión al establecer mecanismos especiales y extraordinarios de cobro, dando solución a un problema que se visibilizó durante la pandemia, cuando se permitió el cobro de las deudas de alimentos con cargo a los retiros del 10% de las AFP.

A pocos años de la implementación de esta nueva legislación, la estratosférica cifra de $2,5 billones que los tribunales de familia han ordenado pagar confirma su efectividad. Sin embargo, los desafíos estructurales del sistema de justicia de familia impiden que las normativas desplieguen todo su potencial.
Uno de los problemas más graves es la lentitud en la liquidación de las pensiones. La ley establece la obligación de liquidar mensualmente, pero la realidad es otra: liquidaciones que demoran hasta nueve meses o más, omisiones de intereses, pagos no registrados y reembolsos no considerados.
El atochamiento de los tribunales de familia, donde causas que debiesen resolverse en seis meses se prolongan por años, revela un sistema sobrecargado, con escasez de recursos y sin especialización en la etapa de ejecución de las sentencias. A diferencia del sistema laboral, donde existen juzgados exclusivos para el cumplimiento, en familia se espera que el mismo juez que conoce el fondo ejecute también la resolución, lo que ralentiza y diluye su eficacia.
Es tiempo de repensar esta arquitectura judicial. Una alternativa viable sería la creación de tribunales especializados en cumplimiento de sentencias de familia, replicando el modelo de los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional. Esta separación permitiría mayor agilidad, eficiencia y especialización, garantizando que las decisiones judiciales no tarden años en cumplirse, con los consiguientes problemas que de ello derivan.
Por último, aún subsiste un problema estructural en casos donde el deudor no posea cuentas en los bancos o en el sistema previsional. Allí, el Estado debería asumir un rol subsidiario, pagando la pensión de alimentos para luego subrogarse en los derechos del acreedor e ir a cobrar la deuda al deudor. No se trata de aliviar las responsabilidades, sino de garantizar que ningún niño, niña o adolescente quede desprotegido por fallas del sistema. Modelos como el español pueden ofrecer una guía.
Fortalecer la justicia de familia no es solo una medida de eficiencia judicial. Lo que está en juego no es solo la eficacia de las leyes, sino la dignidad de quienes dependen de su cumplimiento.
*Isabel Warnier. Socia en Warnier Abogados. Profesora Derecho Civil UDD y U Andes y candidata a consejera lista Nuestro Gremio.
Interesante, gracias.